Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.266 - Primera Sección
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Miércoles 27 de septiembre de 2023

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para su notificación al sancionado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1 de la presente Disposición. ARTÍCULO 4.-Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Dr. Luis Antonio Romiti, Director General, Dirección General Técnica Jurídica, Dirección Nacional de Migraciones-. Buenos Aires, 15 de Septiembre de 2023.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado ZHIXING GUAN, D.N.I. N95.617.134, el acto dispositivo NDI-2022-1223APN-DGTJDNM, mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-.
Alicia Margarita Zalazar, Asistente Administrativo, Dirección Operativa Legal.
e. 25/09/2023 N76536/23 v. 27/09/2023

DIRECCIÓN NACIONAL DEMIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Hipólito Yrigoyen N952, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, notifica al infractor Juan Domingo ROJAS, DNI N33.073.880, el acto dispositivo DI-2020-1961APN-DGTJDNM, dispuesto en el Expediente EX-2018-49585426- -APNDGADNM, que dice: Buenos Aires, 18
de Noviembre de 2020 Por ello, EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO JURÍDICO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL
DE MIGRACIONES DISPONE: ARTÍCULO 1.- Sanciónase a Juan Domingo ROJAS, DNI N 33.073.880, con domicilio en Mons N 1964, Ostende, Pinamar, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con UNA 1 multa de PESOS
NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL $945.000, e intímase a abonarla dentro del plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente. ARTÍCULO 2.- Hágase saber al sancionado que podrá interponer recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ 10 días hábiles artículo 75 de la Ley Nº 25.871, recurso de alzada en el plazo de QUINCE 15 días hábiles conforme artículos 79 y 83 de la Ley Nº25.871 y artículos 94 y 98 del Reglamento de Procedimientos Administrativos o iniciar recurso judicial en el plazo de TREINTA 30 días hábiles artículos 79 y 84 de la Ley Nº25.871. ARTÍCULO 3.-Pase al Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para su notificación al sancionado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1
de la presente Disposición. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Dr. Luis Antonio Romiti, Director General, Dirección General Técnica Jurídica, Dirección Nacional de Migraciones. Buenos Aires, 15 de Septiembre de 2023.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Juan Domingo ROJAS, DNI N 33.073.880, el acto dispositivo N DI-2020-1961-APN-DGTJDNM, mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-.
Alicia Margarita Zalazar, Asistente Administrativo, Dirección Operativa Legal.
e. 25/09/2023 N76539/23 v. 27/09/2023

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HACE SABER que se ha dispuesto instruir sumario la entidad ASOCIACIÓN
MUTUAL EMPLEADOS DEL ESTADO AMEE MATRICULA CF 1975 , MUTUAL ASOCIACIÓN BANCARIA DE
SANTIAGO DEL ESTERO MATRICULA SE 101 habiendo sido designada la suscripta como instructora sumariante.
En tal carácter se emplaza a la nombrada, por el término de DIEZ 10 días, para la presentación del descargo y el ofrecimiento de prueba de la que intente valerse en los términos reglados por el Art. 1º inc. f ap.1 y 2 de la Ley 19549 T.O 1991.-Ello bajo apercibimiento de tenerla como no presentada y seguir las actuaciones sin la intervención suya o de su apoderado. Intímasela, asimismo, para que dentro del plazo precedentemente señalado, proceda a denunciar su domicilio real, en los términos y a los efectos bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 19 a 22 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley 19549. Fdo Geraldine E.Mac Cormack Geraldine Elena Mac Cormack, Instructora Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.
e. 25/09/2023 N76917/23 v. 27/09/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/09/2023

Nro. de páginas123

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/07/2024

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