Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.242 - Primera Sección
117

Lunes 28 de agosto de 2023

ENACOM N1.967/2022 para el Programa para el Desarrollo de Infraestructura para Internet destinado a villas y asentamientos inscriptos en el RENABAP, aprobado por la Resolución ENACOM N726/2020 y su modificatoria.
2 - ADJUDICAR a la licenciataria FG CONEXIONES S.R.L. la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHO $349.965.208.- en concepto de Aportes no Reembolsables. 3 - DESTINAR la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHO $349.965.208.- del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4 - ESTABLECER que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 5 - ESTABLECER que dentro de los 20
días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa.
6 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 28/08/2023 N67031/23 v. 28/08/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1264/2023

RESOL-2023-1264-APN-ENACOMJGM FECHA 22/8/2023 ACTA 90
EX-2023-34854552-APN-SPEENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por la licenciataria GREEN IMPORT S.R.L. en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N1.967/2022 para el Programa para el Desarrollo de Infraestructura para Internet destinado a villas y asentamientos inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana RENABAP, aprobado por la Resolución ENACOM N726/2020 y su modificatoria. 2 - ADJUDICAR a la licenciataria GREEN IMPORT S.R.L. la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS
DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA $349.817.840. en concepto de Aportes no Reembolsables para la ejecución del proyecto aprobado en el artículo precedente. 3 - DESTINAR la suma de PESOS TRESCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA $349.817.840.
del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N27.078 a la adjudicación indicada en el Artículo precedente. 4 - ESTABLECER que, de conformidad a lo previsto en el Artículo 18 de la Convocatoria aprobada por la Resolución ENACOM N1.967/2022, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, la adjudicataria deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 5 - ESTABLECER que, de conformidad a lo previsto en el Artículo 18 de la Convocatoria aprobada por la Resolución ENACOM N1.967/2022, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, la adjudicataria deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 6 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 28/08/2023 N67330/23 v. 28/08/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/08/2023

Nro. de páginas175

Nro. de ediciones9411

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/07/2024

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