Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.207 - Primera Sección
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Lunes 10 de julio de 2023

días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa.
6 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52416/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1031/2023

RESOL-2023-1031-APN-ENACOMJGM FECHA 6/7/2023 ACTA 89
EX-2021-17145358-APN-SPEENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR la primera Adecuación del CIENTO DIECIOCHO COMA DIECINUEVE POR CIENTO 118,19% de los presupuestos asignados a los ítems del Plan de Inversión pendientes de ejecución, período octubre de 2021 a enero de 2023, correspondientes al proyecto presentado por SOLUTION LAN S.A. que fuera aprobado mediante Resolución ENACOM N1.431/2021, en el marco de la convocatoria a concurso dispuesta mediante la Resolución ENACOM N 950/2020 y sus modificatorias, del PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA PARA INTERNET DESTINADO
A VILLAS Y ASENTAMIENTOS INSCRIPTOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN
PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA RENABAP, en cumplimiento de la Cláusula cuarta del Convenio suscripto y los lineamientos aprobados por la Resolución ENACOM N1.860/2022. 2 - Destinar la suma de PESOS TREINTA
MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y CINCO
CENTAVOS $30.845.588,75, resultante del cálculo del porcentaje aprobado como primera Adecuación en el artículo precedente, a los ítems del Plan de Inversión pendientes de ejecución, correspondientes al proyecto aprobado a través de la Resolución ENACOM N1.431/2021, del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N 27.078. 3 - Establecer que, de conformidad con lo previsto en los lineamientos aprobados por la Resolución ENACOM N1.860/2022, el monto actualizado de Aportes No Reembolsables para la ejecución del proyecto aprobado mediante la Resolución ENACOM N 1.431/2021, asciende a la suma de PESOS CIENTO
VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHO CON SETENTA Y CINCO
CENTAVOS $122.678.708,75. 4 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52399/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1032/2023

RESOL-2023-1032-APN-ENACOMJGM FECHA 6/7/2023 ACTA 89
EX-2022-18822980-APN-SPEENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por el licenciatario Álvaro Rodrigo MARI HERNANDEZ, en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N1.967/2022 para el Programa para el Desarrollo de Infraestructura para Internet destinado a villas y asentamientos inscriptos en el RENABAP, aprobado por la Resolución ENACOM N726/2020 y su modificatoria.
2 - ADJUDICAR al licenciatario Álvaro Rodrigo MARI HERNANDEZ la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE $254.154.669
en concepto de Aportes no Reembolsables. 3 - DESTINAR la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE $ 254.154.669
del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4 - ESTABLECER que, dentro de los 20 días hábiles de notificada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/07/2023

Nro. de páginas134

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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