Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2022 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.954 - Primera Sección
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Martes 5 de julio de 2022

Que la presente contratación ha sido autorizada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de las Notas NO-2022-40456853-APN-CTAPSSPJGM y NO2022-41803854-APN-DNAYPEPJGM.
Que el artículo 5 del Decreto N 355/17, sustituido por el artículo 4 del Decreto N 859/18 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3, 4 y 8
del mencionado Decreto.
Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEPMM
se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las contrataciones en los términos del artículo 9 del Anexo a la Ley N25.164 entre otras cuestiones.
Que el postulante reúne los requisitos necesarios para el desempeño de tareas equiparadas al nivel propuesto.
Que la Decisión Administrativa N 3/04, modificada por su similar N 1151/06 estableció que el personal no permanente, sea el incorporado en Plantas Transitorias con designación a término o contratado bajo el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164 y sus normas complementarias, percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente.
Que asimismo, dicha norma estableció que la equiparación de grado en la remuneración del personal no permanente será efectuada mediante el cómputo de tiempo de ejercicio de funciones idénticas, equivalentes o análogas al objeto de la contratación y que la determinación del grado al que corresponda la equiparación procederá cuando el tiempo total de servicios computados alcance a TREINTA Y SEIS 36 meses por cada grado previsto en el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Organismo Descentralizado 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº27.591, prorrogada a partir del 1 de enero de 2022 a través del Decreto N882 del 23 de diciembre de 2021.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 29 de la Ley N25.565 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N1410 del 3 de diciembre de 1996, por el artículo 5 del Decreto N355
del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 4 del Decreto N859 del 26 de septiembre de 2018 y por el Decreto N59 del 23 de diciembre de 2019.
Por ello, LADIRECTORA NACIONAL DEMIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la contratación efectuada en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, del agente Pablo Ezequiel MANSILLA DNI N29.813.511, por el período comprendido entre el 2 de mayo de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, en la función de Auxiliar Administrativo de la DELEGACIÓN
IGUAZÚ de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la categoría equivalente al Nivel E - Grado 0 del escalafón aprobado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS conforme lo establecido por el artículo 8º del Decreto Nº355 del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 7 del Decreto N859 del 26 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el presente Ejercicio Financiero, asignadas a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Organismo Descentralizado 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Florencia Carignano e. 05/07/2022 N49656/22 v. 05/07/2022

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2022 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/07/2022

Nro. de páginas148

Nro. de ediciones9387

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/07/2024

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