Boletín Oficial de la República Argentina del 28/12/2021 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.823 - Primera Sección
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Martes 28 de diciembre de 2021

Que mediante el acuerdo celebrado entre la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO y la UNION INDUSTRIAL
ARGENTINA, se solicitó a esta Autoridad Administrativa, certidumbre respecto de la situación de aquellas personas que no pueden prestar sus servicios habituales, lo que justificó el dictado de la Resolución N 397/2020, en virtud de las excepcionales circunstancias actuales y con la finalidad de dar respuesta inmediata y oportuna a las presentaciones realizadas ante esta Cartera de Estado por los distintos sectores que se ven afectados económicamente.
Que la propuesta y conformidad acompañadas reúnen los requisitos establecidos en el artículo 2 de la RESOL2020-397-APN-MT.
Que cabe indicar que el trabajador afectado se encuentra individualizado en el escrito de propuesta.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta y acompañan las correspondientes Declaraciones Juradas previstas en el artículo 4 de la RESOL-2020-397-APN-MT dando así cumplimiento con el artículo 109 del Decreto N1759/72 t.o. 2017.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación de los mismos, los que serán considerados como acuerdo marco de carácter colectivo sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologada la propuesta realizada por la firma YEON JOO YUN, obrante en el IF2020-43735144-APN-SSGAMT y la conformidad prestada por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS
DE COMERCIO Y SERVICIOS FAECYS por la parte sindical, obrante en el RE-2021-40076813-APN-DGDMT, vinculado al expediente principal, conforme a los términos del artículo 223 bis de la Ley N20.744 t.o. 1976.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro de la propuesta, conformidad y nómina de personal afectado obrante en el IF2020-43735144-APN-SSGAMT de los autos de referencia y en el RE-2021-40076813-APN-DGDMT vinculado al expediente principal.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4.- Establécese que la propuesta y conformidad homologados por el Artículo 1 de la presente Resolución, serán considerados como acuerdo marco de carácter colectivo sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
ARTÍCULO 5.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de las propuestas, conformidad y nómina de personal afectado, homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 28/12/2021 N96899/21 v. 28/12/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/12/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/12/2021

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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