Boletín Oficial de la República Argentina del 28/10/2021 - Primera Sección
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 34.780 - Primera Sección
106
Jueves 28 de octubre de 2021
ARTÍCULO 2º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2018-504-APNSECTMPYT y registrado bajo el Nº341/19, suscripto entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS FAECYS, por la parte sindical, y la CONFEDERACIÓN INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA CONINAGRO COOPERATIVA LIMITADA, el CENTRO DE EXPORTADORES DE CEREALES y la FEDERACIÓN DE CENTROS ENTIDADES GREMIALES DE
ACOPIADORES DE CEREALES, por la parte empleadora, conforme al detalle que como ANEXO II, DI-202173830420-APN-DNRYRTMT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge Pablo Titiro NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 28/10/2021 N76394/21 v. 28/10/2021