Boletín Oficial de la República Argentina del 03/01/2021 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.552 - Primera Sección
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Jueves 31 de diciembre de 2020

Por ello, ElMINISTRO DEAMBIENTE YDESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1- Adjudícanse las cuotas de importación de sustancias que agotan la capa de ozono, correspondientes al año 2021 que como Anexo I IF-2020-75706682-APN-SCCDSEIMAD forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2- Establécense las cantidades máximas que podrán importar los importadores nuevos o eventuales durante el período 2021, que como Anexo II IF-2020-75707882-APN-SCCDSEIMAD forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3- La presente Resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL.
ARTICULO 4º- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Juan Cabandie NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 31/12/2020 N68065/20 v. 31/12/2020

INSTITUTO NACIONAL DECINE YARTES AUDIOVISUALES
Resolución 837/2020
RESOL-2020-837-APN-INCAAMC

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020
Visto el EX-2020-51122171-APN-GCYCGINCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, la Ley N17.741 t.o 2001 y sus modificatorias, los Decretos N1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº297 de fecha 19 de marzo de 2020 y complementarios y Nº520 de fecha 07 de junio de 2020 y sus complementarios, y las Resoluciones INCAA N530-E de fecha 9 de septiembre de 2020,y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución INCAA N530-E/2020 se llamó a participar del CONCURSO FEDERAL DE DESARROLLO DE
SERIES CORTAS 2020
Que en el Capítulo 5 de las Bases y Condiciones, se estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES designará un Jurado, el cual tendrá a su cargo la selección de DIECIOCHO 18 proyectos presentados como ganadores del presente concurso, TRES 3 ganadores por región NEA, NOA, CENTRO
NORTE, CENTROMETROPOLITANO, CUYO y PATAGONIA, y TRES 3 proyectos suplentes de cualquier región, y que estará conformado por SEIS 6 integrantes, que deberán ser destacadas personalidades de la producción audiovisual o del mundo de la cultura.
Que en atención a lo dispuesto por los Decretos N297/2020 y Nº520 y sus respectivas normativas modificatorias y complementarias, resulta conveniente que las tareas del Jurado se lleven a cabo de manera virtual.
Que el Capítulo 5, también dispone que para la integración de los Jurados, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES deberá tener en cuenta la paridad de género, cumpliendo con el CINCUENTA POR
CIENTO 50% en los cupos en ambos casos.
Que la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual recomendó la designación como miembros del Jurado a la Sra. Sabrina Mariana FARJI D.N.I N17.287.378, la Sra. Paola SUÁREZ, D.N.I. N28.094.336, la Sra.
Paula MASSA D.N.I N23.967.339, el Sr. Marcelo Fabián ORTEGA D.N.I. N16.743.647 el Sr. Carlos Domingo PIACENTINI D.N.I. N16.825.098 y el Sr. Juan Diego KANTOR D.N.I. N18.780.881.
Que la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3 de la Ley N17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias, y los Decretos N1536/2002 y N90/2020.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/01/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/01/2021

Nro. de páginas105

Nro. de ediciones9398

Primera edición02/01/1989

Ultima edición16/07/2024

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