Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.529 - Primera Sección
Jueves 26 de noviembre de 2020

Avisos Oficiales NUEVOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido FREIJANES, Marcelo Roberto D.N.I. N 17.730.688, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N 15/91 T.O. Resolución S.T. N 925/10, para que dentro de dicho término se contacten a hacer valer sus derechos, al correo electrónico: fallecimiento@afip.gob.ar.
Asimismo quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido deberán contactarse a los siguientes correos electrónicos: maiares@afip.gob.ar - nabalde@afip.
gob.ar - apinieyro@afip.gob.ar de la División Gestión Financiera, aportando la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
Maria Roxana Aguirre, Jefa de Departamento, Departamento Beneficios al Personal y Salud Ocupacional.
e. 26/11/2020 N58775/20 v. 30/11/2020

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO
El Banco Central de la República Argentina notifica al señor Fabián ESCOBAR en el Sumario N5448, Expediente N101.014/08, caratulado TECNO AISLANTES S.A. Y OTROS, que mediante Resolución de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias N64 del 11.03.2020 se dispuso dejar sin efecto la imputación formulada al señor Fabián ESCOBAR mediante la Resolución de la S.E.F.y C. N 574/13 y archivar el Sumario N 5448, Expediente N101.014/08. Publíquese por cinco 5 días en el Boletín Oficial.
María Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Paola Castelli, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 26/11/2020 N58538/20 v. 02/12/2020

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación B 12099/2020

20/11/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Decretos N319/2020 y 767/2020. Interpretaciones.
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de poner en su conocimiento los criterios interpretativos adoptados con relación a las financiaciones de Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por Coeficiente de Estabilización de Referencia CER - Ley 25.827 UVA alcanzadas por los Decretos de la referencia:
1. Las cuotas que los deudores deban abonar hasta el 1 de febrero de 2021 no podrán superar el importe de la cuota correspondiente al mes de marzo de 2020.
2. Las deudas resultantes de los diferenciales entre las cuotas contractuales y las cuotas resultantes del congelamiento establecido en los mencionados decretos deberán ser refinanciadas para su pago a la finalización de la vida del crédito, salvo indicación expresa en contrario del deudor.
3. Las deudas por falta de pago o pagos fuera de plazo que pudieran generarse hasta el 31 de enero del año 2021, deberán también ser refinanciadas para su pago a la finalización de la vida del crédito, pudiendo en este caso aplicarse intereses compensatorios, que no podrán exceder la tasa de interés del préstamo original.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha26/11/2020

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones9388

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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