Boletín Oficial de la República Argentina del 10/06/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.401 - Primera Sección
Miércoles 10 de junio de 2020

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976
y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES
JABONEROS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS
PRODUCTORAS DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA PERSONAL, DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, por la parte empleadora, que luce en las páginas 3/5 del IF-2019-07553125-APN-DGDMTMPYT
del EX-2019-07535056-APN-DGDMTMPYT que tramita conjuntamente con el EX-2018-52844775-APNDGDMTMPYT; conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o 2004.
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo que luce en las páginas 3/5 del IF-2019-07553125APN-DGDMTMPYT del EX-2019-07535056-APN-DGDMTMPYT que tramita conjuntamente con el EX-201852844775-APN-DGDMTMPYT.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº74/75.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o.2004.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 10/06/2020 N19880/20 v. 10/06/2020

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 254/2020
RESOL-2020-254-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2020
VISTO el EX-2019-22260280- -APN-DGDMTMPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y
TRABAJO, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias,y CONSIDERANDO:
Que en el orden N 3, página 9 del IF 2019 22359935-APN-DGDMTMPYT, del EX-2019-22260280- -APNDGDMTMPYT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA BOSHOKU ARGENTINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que bajo el acuerdo de marras las partes convienen establecer el importe para el año 2019 del subsidio familiar.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/06/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/06/2020

Nro. de páginas142

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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