Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.282 - Primera Sección
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Viernes 10 de enero de 2020

Disposiciones

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Disposición 8/2020
DI-2020-8-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2020
VISTO el EX-2020-00010701- -AFIP-SEASDVGEPESDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS,y CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, la Dirección General de Aduanas propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Daniel Horacio CAMPORRO en el carácter de Director Interino de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía.
Que asimismo, propicia designar al Abogado Rubén Cesar PAVE en el carácter de Director de la citada Dirección Regional.
Que el artículo 6, inciso 1 b del Decreto N618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio Art. 4º C.N. que se le ha encomendado por imperativo legal Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01, consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N56/92 Laudo N16/92
t.o. Resolución S.T. N 924/10 y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 t.o. Resolución S.T.
Nº925/10, la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.
Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.
Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por los Decretos Nros. 1399
del 4 de noviembre de 2001 y 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello, LAADMINISTRADORA FEDERAL DELAADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indican:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/01/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9423

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/08/2024

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