Boletín Oficial de la República Argentina del 25/09/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.205 - Primera Sección

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Miércoles 25 de septiembre de 2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 3924/2019

RESOL-2019-3924-APN-ENACOMJGM FECHA 18/09/2019 ACTA 52
EX-2019-56107587-APN-DNSAENACOM
El directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso público simplificado convocado para la provincia de SAN LUIS. 2.- Adjudicar a la firma LENNON S.R.L. integrada por las señoras Graciela Emilce TUCCI y Tomasa Dora CAPELLO, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 256, frecuencia 99.1 MHz, categoría E, para la localidad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS. 3. - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares. 4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica tendiente a la habilitación del servicio. 5.-Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- Dentro de los 90 días corridos, de notificada la presente, la firma licenciataria, deberá regularizar su situación ante la A.F.I.P. 8.- Dentro de los 180 días corridos, de notificada la presente, la licenciataria deberá acompañar la constancia de inscripción, en el registro correspondiente, de donde surja la ampliación del objeto social, a fin de contemplar la prestación de servicios de comunicación audiovisual. 9.- A
solicitud de la licenciataria se otorgará la señal distintiva correspondiente. 10.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación.
11.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 25/09/2019 N72258/19 v. 25/09/2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 3936/2019

RESOL-2019-3936-APN-ENACOMJGM FECHA 20/09/2019 ACTA 52
EX-2019-55693046-APN-DNSAENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso público simplificado convocado para la provincia de SAN LUIS, a través de la RESOL-2019-1880-APN-ENACOMMM, conforme el cronograma establecido. 2.- Adjudicar al señor Fernando Ceferino BALAGUE una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 290, frecuencia 105.9 MHz, categoría E, para la localidad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS. 3. - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario.
4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la documentación técnica tendiente a la habilitación del servicio. 5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL. 6.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.Dentro de los 90 días corridos, el licenciatario, deberá regularizar su situación ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS. 8.- A solicitud del licenciatario se otorgará la señal distintiva correspondiente. 9.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 25/09/2019 N72528/19 v. 25/09/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/09/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/09/2019

Nro. de páginas93

Nro. de ediciones9387

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/07/2024

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