Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.144 - Primera Sección
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Viernes 28 de junio de 2019

sumarial previsto en la Resolución INAES 3098/08; habiendo sido designado el suscripto como Instructor Sumariante. Asimismo, se le hace saber que se le confiere traslado de la resolución y de la documentación que le dio origen, para que presente su descargo por escrito, constituya domicilio a los efectos del sumario dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ofrezca la prueba que haga a su defensa, dentro del plazo de DIEZ 10 días hábiles, con más la ampliación que pudiere corresponder en caso de domiciliarse la entidad a más de cien 100 kilómetros de la sede del Instituto, a razón de un día por cada doscientos 200 kilómetros o fracción que no baje de cien 100. El plazo comenzará a correr una vez transcurridos cinco días desde la fecha de la última publicación.
Mariano Gaggero, Instructor Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.
e. 26/06/2019 N45029/19 v. 28/06/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA a las siguientes entidades: MUTUAL 7 DE SEPTIEMBRE DEL SUR, MATRÍCULA B.A. 2753 EXPTE 1499/14 RES. 1653/15; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS JUDICIALES DE
LA PROVINCIA DEL CHACO, MATRÍCULA CHACO 77 EXPTE. 2.737/15 RESFC-2017-1408-APN-DIINAES; se ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de sumario en los términos de la Resolución I.N.A.E.S.
3098/08. En dichos expedientes ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas mutuales el plazo de diez 10 días, más los que le correspondan, por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley 19.549. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº1759/72 Reglamentario de la Ley 19.549 T.O. 2017 BAJO APERCIBIMIENTO, DE
DECLARAR LA CUESTIÓN DE PURO DERECHO, con las constancias obrantes en autos.
Nicolas Rene Fernandez, Instructor Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.
e. 26/06/2019 N45030/19 v. 28/06/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano nº1656 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que mediante las Resoluciones nros. 3040/13; 1655/15; 986/15;
5308/13; 5165/13; 1001/15;RESFC-2019-558-APN-DIINAES; se han ordenado instruir sumario a las siguientes entidades, respectivamente: Acceder Cooperativa de Crédito de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda. mt. 21.677;
Cooperativa de Floricultores, Proveedores y Comerciantes de Flores, Plantas e Insumos Afines Ltda. mt 24466;
Cooperativa de vivienda, crédito y consumo Finanworld Ltda. mt.31.375; Cooperativa de Productores de Cerezas de los valles de la Confluencia Ltda. mt. 24.365; Cooperativa de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Gorostiaga Ltda mt. 4700; Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales Isla Solitaria Ltda. mt. 32.218;
Serafín Cooperativa de Crédito Consumo y Vivienda Ltda. mt. 29.717. Se notifica a las entidades precitadas que en los sumarios detallados en el presente se ha designado a la suscripta como Instructora Sumariante. Asimismo, se les fija un plazo de DIEZ 10 días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la C.A.B.A., para que presenten el descargo y ofrezcan las pruebas de que intentes valerse. Dicho plazo comenzará a regir desde el último día de publicación art. 1 inc. f aps. 1 y 2 Ley nro. 19.549 T.O. 1991, y en el mismo plazo denuncien su domicilio real y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal art. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario nº1759/72 T.O. 2017 El presente deberá publicarse en el BOLETÍN
OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto en el art. 42 del Decreto Reglamentario nº1759/72 T.O. 2017. Fdo: Dra. Eliana M. Villagra, asesora legal, Instructora Sumariante. INAES.
Eliana Mariela Villagra, Instructora Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.
e. 26/06/2019 N45033/19 v. 28/06/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/06/2019

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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