Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.137 - Primera Sección

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Martes 18 de junio de 2019

ENTE NACIONAL REGULADOR DELGAS
Resolución 330/2019
RESFC-2019-330-APN-DIRECTORIOENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2019
VISTO el Expediente N 30.337 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, la Ley Nº24076, el Decreto Nº1023/2001 del 13 de agosto de 2001, la Resolución NºI/2278, del 24 de agosto de 2012, el Decreto Nº1030/2016 del 15 de septiembre de 2016 y la Resolución NºI/4074, del 19 de octubre de 2016y CONSIDERANDO:
Que por Ley N24.076 fue creado, en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, que deberá lleva a cabo todas las medidas necesarias para cumplir los objetivos enunciados en el Artículo 2º de esa Ley.
Que el Artículo 52 de la mencionada Ley y su reglamentación aprobada por Decreto N1738/1992, faculta al ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS, a aprobar su propia estructura orgánica.
Que por Resolución ENARGAS N I/3403/2015 se aprobó la última Estructura Orgánica del ENARGAS, con su respectivo organigrama, acciones correspondientes a cada Área y cargos.
Que mediante el Decreto Delegado N1023/2001 se aprobó el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que por el Decreto N893/2012 del 07 de junio de 2012, se aprobó el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional del Decreto Delegado N1023/2001 y sus modificatorias.
Que con el objeto de impulsar el desarrollo tecnológico, incorporar tecnologías de la información y de las comunicaciones, aplicar los principios de solución registral y de ventanilla única, simplificar procedimientos con el objeto de facilitar y agilizar la interacción entre el Estado Nacional y los administrados, propiciar reingenierías de procesos, mejorar la eficiencia, eficacia, calidad y sustentabilidad, luchar contra la corrupción, promover la ética y la transparencia, resulta necesario modificar la normativa en materia de contrataciones públicas adecuándola a los nuevos desafíos y metas del Estado moderno se dictó el 15 de septiembre de 2016, el Decreto N1030, mediante el cual se aprobó el REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que con el dictado de la normativa citada en el párrafo precedente se derogaron los Decretos Nros. 893/2012 y sus modificatorios, 1.188/2012, 1.190/2012 y los artículos 2 y 3 del Decreto N690/2016 y se aprobó la nueva reglamentación del Decreto Delegado N1023/2001 y sus modificatorios y complementarios.
Que en virtud del Decreto N1.030/2016, este organismo introdujo modificaciones a los ARTÍCULOS 2 y 3 de la Resolución ENARGAS N.I/2278/12, dictando la Resolución ENARGAS NI/4074, del 19 de octubre de 2016 .
Que el Artículo 1º de la mencionada Resolución, estableció como miembros titulares de la COMISIÓN EVALUADORA
DE OFERTAS, al GERENTE DE ADMINISTRACIÓN; al GERENTE DE ASUNTOS LEGALES y al JEFE DEL ÁREA
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, siendo sus respectivos suplentes:
el JEFE DEL ÁREA DE TESORERIA de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN; el JEFE DEL ÁREA DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS Y SANCIONES de la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES y la Dra. Vanesa Viviana Pozueta por el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN.
Que asimismo el Artículo 2º, estableció la conformación de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN, siendo sus miembros titulares el JEFE DEL SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN; el JEFE DEL ÁREA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y SANCIONES de la GERENCIA DE
ASUNTOS LEGALES y el REQUIRENTE del bien o servicio a adquirir o contratar, siendo sus respectivos suplentes integrantes de los mismos sectores que los miembros titulares, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer en quienes hubieran intervenido en el procedimiento de selección respectivo, pudiendo no obstante, requerirse su asesoramiento.
Que no obstante lo indicado en la Resolución ENARGAS NI/4074, del 19 de octubre de 2016, la GERENCIA DE
ASUNTOS LEGALES al ser el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo, tiene como función primordial efectuar el control de legalidad de los actos administrativos que dicta el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS.
Que por consiguiente, quienes integran el Servicio Jurídico Permanente no deben, al cumplir con la función indicada en el considerando anterior, intervenir en el trámite del procedimiento de compras y contrataciones, dado que, caso contrario, se menoscabaría su función de control de legalidad.
Que, asimismo, el Artículo 62 del Decreto N 1030/2016 establece que Los integrantes de las Comisiones Evaluadoras de las Ofertas, así como los respectivos suplentes, deberán ser designados mediante un acto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/06/2019

Nro. de páginas85

Nro. de ediciones9418

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/08/2024

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