Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.119 - Primera Sección
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Miércoles 22 de mayo de 2019

en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº19.549. Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímasela, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº1759/72 Reglamentario de la Ley Nº19.549 T.O. 1991. Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura del respectivo sumario, podría recaer sobre la misma, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. 3, de la Ley Nº20.337, vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42
del Dec. Reg. 1759 T.O 1991 FDO: Dr Guillermo Darío Meneguzzi Instructor Sumariante Guillermo Dario Meneguzzi, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.
e. 20/05/2019 N34600/19 v. 22/05/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano nº1656 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que mediante las resoluciones Res. nº1158/11 y RESFC-2018-553DIINAES a las siguientes entidades respectivamente ASOCIACIÓN MUTUAL VIRGEN DE FÁTIMA. mat. CF 2660;
y COOPERATIVA DE TRABAJO FRAY MOCHO LTDA mat.24.821. Se notifica a las entidades precitadas que en los sumarios detallados en el presente se ha designado a la suscripta como Instructora Sumariante. Asimismo, se les fija un plazo de DIEZ 10 días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la C.A.B.A., para que presenten el descargo y ofrezcan las pruebas de que intentes valerse. Dicho plazo comenzará a regir desde el último día de publicación art. 1 inc. f aps. 1 y 2 Ley nro. 19.549 T.O. 1991 , y en el mismo plazo denuncien su domicilio real y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal art. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario nº1759/72 T.O. 2017 El presente deberá publicarse en el BOLETÍN
OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto en el art. 42 del Decreto Reglamentario nº1759/72 T.O. 2017. Fdo: Dra. Eliana M. Villagra, asesora legal, Instructora Sumariante. INAES.
Eliana Mariela Villagra, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.
e. 20/05/2019 N34601/19 v. 22/05/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que mediante las resoluciones RESFC-2017-125-APN-DI-INAES del 10/03/2017, RESFC-2017-1372-APN-DIINAES del 21/07/2017, RESFC-2017-1363-APN-DIINAES del 21/07/2017, RESFC-2017-1650-APN-DI-INAES de fecha 14/09/2017, se ha dispuesto instruir sumario respectivamente a las siguientes entidades ASOCIACION MUTUAL UNIDOS POR LA ARGENTINA Matrícula BA 2891 -Expte.
5178/2015, COOPERATIVA DE TRABAJO EL PEHUEN LTDA.. Matrícula 34025 Expte. 1511/2016, COOPERATIVA
DE TRABAJO KOMBYS DEL OESTE LTDA. Matrícula 21368 Expte. 7823/2014, COOPERATIVA DE TRABAJO
DEL NORTE LTDA. Matrícula 27958 Expte. 1551/2016; de acuerdo al procedimiento sumarial previsto en la Resolución INAES 3098/08 . Se le hace saber que se le confiere traslado de la resolución y de la documentación que le dio origen, para que presente su descargo por escrito, constituya domicilio a los efectos del sumario dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ofrezca la prueba que haga a su defensa, dentro del plazo de DIEZ 10 días hábiles, con más la ampliación que pudiere corresponder en caso de domiciliarse la entidad a más de cien 100 kilómetros de la sede del Instituto, a razón de un día por cada doscientos 200 kilómetros o fracción que no baje de cien 100. El plazo comenzará a correr una vez transcurridos cinco días desde la fecha de la última publicación. Asimismo, se les hace saber que el suscripto ha sido designado como Instructor sumariante.
Mariano Gaggero, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.
e. 20/05/2019 N34613/19 v. 22/05/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/05/2019

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9400

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/07/2024

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