Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

78

Boletín Oficial Nº 34.087 - Primera Sección
Miércoles 3 de abril de 2019

dictaren, en la forma prevista en el art. 1013, inc.g del C.A..- Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS. Fdo.: ING.
AG. MARCELA PLOUCHOUK ADMINISTRADORA DE LA ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY-ENTRE RIOS.
SUMARIOS Nº SC15-4-2019/7

IMPUTADO/S
DA LUZ KEVIN KEOMA

DOCUMENTO
38.773.963

INFRACCION ART.
985

MULTA $
110.191,84

Marcela Alejandra Plouchouk, Administrador de Aduana.
e. 03/04/2019 N21379/19 v. 03/04/2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA OBERÁ
EDICTO DE NOTIFICACIÓN ART. 1013 INC. H CÓD. ADUANERO
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez 10
días hábiles perentorios comparezcan a esta dependencia, sita en Avenida Beltrame N1161, Oberá, Misiones a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía art.
1115 deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, art. 1001, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los art. 977 y/o 978 a que en el perentorio plazo de diez 10 días, previo deposito en autos del monto de los tributos respectivos, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos 4º, 5º y/o 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y/o 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación. Además quedan notificados que las demás mercaderías involucradas en autos, serán destruidas conforme a los términos del art 44 y/o 46 Ley 25986.
SC86 N
14-2018/1
46-2018/2
48-2018/9
85-2017/9
108-2018/4
110-2018/1
111-2018/K
112-2018/8
113-2018/1
114-2018/K
115-2018/8
115-2018/8
118-2018/2
121-2018/8
123-2018/K
123-2018/K
123-2018/K
124-2018/8
125-2018/6
126-2018/4
127-2018/2
128-2018/0
129-2018/9
131-2018/1

CAUSANTE
NOMBRE Y APELLIDO
TIPO DOC.
Nº IVO FUMNEKOTTER
DNI
34,008,795
HECTOR RAUL VILLALBA
DNI
22,727,596
RICARDO ALVEZ FIGUEIRA
DNI
36,199,596
CARLOS LUIS FRISKE DNI
36,466,135
HECTOR DANIEL ANTUNEZ DE OLIVEIRA
DNI
37,082,787
SERGIO RUBEN CARDOZO
DNI
27,774,821
ANTONIO RUBEN BRAUNSTEINN
DNI
17,711,958
LUIS CARLOS OCAMPO
DNI
31,890,352
HECTOR DANIEL ANTUNEZ DE OLIVEIRA
DNI
37,082,787
RUBEN ROMILDO ANTUNEZ
DNI
28,337,647
GASTON MARTIN MEDINA
DNI
33,013,162
SANDRO GABRIEL BUTTINGER
DNI
39,819,343
CELSO HUGO RIVAS
DNI
37,219,113
ANA ELIZABETH KNASS
DNI
37,110,542
ROBERTO ARIEL DURAN
DNI
39,725,093
ROBERTO CAVALHEIRO DA MOTTA
DNI
41,508,905
MAICO YONATAN RODRIGUES DOS
DNI
41,632,262
SANTOS
LUIS SAMUEL HERSHELD
DNI
44,434,413
OMAR ARIEL DORONICA
DNI
28,353,873
MILTON GRELLMAN
DNI
33,131,642
VICENTE MIÑO
DNI
31,699,658
FABIANO PETERS
DNI
33,217,776
RAMON ANIBAL BASUALDO
DNI
31,574,408
BENJAMIN REINELI
DNI
22,021,956

21,829.50
16,332.23
35,624.84
125,560.36
44,512.20
652,261.68
15,933.82
87,309.88
15,933.82
24,609.89
192,883.10
192,883.10
19,155.25
32,828.90
411,309.53
411,309.53

TRIBUTOS
$

986/987

411,309.53

987
987
987
987
987
987
987

25,575.06
17,982.41
102,243.68
18,909.80
20,601.16
22,133.66
15,460.76

INF. ART. C.A.
LEY 22.415
987
985/987
987
ACCESORIAS
985
985
985
985
985
985/987
985
985
987
987
986/987
986/987

MULTA MINIMA $

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/04/2019

Nro. de páginas117

Nro. de ediciones9398

Primera edición02/01/1989

Ultima edición16/07/2024

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