Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.974 - Primera Sección
92

Viernes 12 de octubre de 2018

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del mentado Acuerdo.
Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la base promedio de remuneraciones y topes indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N676/17.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
AERONAVEGANTES, y la empresa AMERICAN AIRLINES INC. SUCURSAL ARGENTINA, obrante a fojas 2/3 vta.
del Expediente N1.682.603/15, conforme lo previsto en la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
AERONAVEGANTES, y la empresa AMERICAN AIRLINES INC. SUCURSAL ARGENTINA, obrante a fojas 8/10 del Expediente N1.682.603/15, conforme lo previsto en la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 3.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General deInformática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin del registro de los acuerdos obrantes a fojas 2/3 vta. y 8/10 del Expediente N1.682.603/15.
ARTICULO 4.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítanse las actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la base promedio de remuneraciones y topes indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Cumplido, remítase las actuaciones a la Asesoría Técnico-Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a los fines de la prosecución del trámite respecto al instrumento obrante a fojas 29/52 de autos, ello conforme lo señalado en Dictamen N7038/16.
ARTICULO 5º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 12/10/2018 N76464/18 v. 12/10/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/10/2018

Nro. de páginas93

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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