Boletín Oficial de la República Argentina del 19/09/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.957 - Primera Sección
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Miércoles 19 de septiembre de 2018

Decretos

PROGRAMA DEASISTENCIA FINANCIERA APROVINCIAS YMUNICIPIOS
Decreto 836/2018
DECTO-2018-836-APN-PTE - Creación.

Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2018
VISTO el Expediente NEX-2018-46163819-APN-SPYMMI, las Leyes Nros. 27.341 y 27.429, y los Decretos Nros.
206 del 19 de marzo de 2009, 756 del 14 de agosto de 2018, 767 del 17 de agosto de 2018 y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios,y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N206/09 se creó el FONDO FEDERAL SOLIDARIO con la finalidad de financiar ciertas obras de infraestructura en provincias y municipios.
Que en el artículo 2º de la norma citada en el considerando precedente, se estableció que se destinaría al aludido fondo el TREINTA POR CIENTO 30% de las sumas que el ESTADO NACIONAL efectivamente percibiese en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y derivados.
Que, asimismo, en el artículo 4º del Decreto N206/09 se dispuso que las jurisdicciones beneficiarias del fondo debían establecer un régimen de reparto automático que derivase a sus municipios un determinado porcentaje, el cual no podía ser inferior al TREINTA POR CIENTO 30% del total de los fondos destinados a la provincia.
Que en el Consenso Fiscal suscripto el 16 de noviembre de 2017 entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y los representantes de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por la Ley Nº27.429, se acordó en su cláusula II.h, que los recursos del FONDO FEDERAL SOLIDARIO, en la medida en que éste existiese, se distribuirían entre las jurisdicciones que adhiriesen y cumpliesen con aquél, sin incluir al ESTADO
NACIONAL.
Que, por otro lado, por el Decreto N 756/18 se derogó el Decreto N 206/09 habiendo entonces eliminado el FONDO FEDERAL SOLIDARIO atento a las nuevas circunstancias que presentaba el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y en miras a brindar respuestas eficientes con la asignación de los recursos disponibles.
Que por el Decreto Nº767/18, se redujeron los reintegros a la exportación de varias posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur N.C.M., aumentando en consecuencias los recursos de las jurisdicciones provinciales e, indirectamente, de sus municipios, y compensando parcialmente el impacto del Decreto Nº756/18.
Que en dicho marco, resulta necesario ponderar la situación de aquellas provincias, municipios y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que se encuentran ejecutando obras para cuyo financiamiento se contaba con los fondos provenientes del FONDO FEDERAL SOLIDARIO, sin prever en su presupuesto vigente las partidas necesarias para afrontar los gastos que las mismas conllevan.
Que el Decreto N174/18 y sus modificatorios establece entre las competencias de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS
Y MUNICIPIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA la de promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional tendientes a la armonización con las políticas correspondientes al Gobierno Nacional y participar en la instrumentación y seguimiento de políticas fiscales, económicas y financieras entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que en consecuencia, y a los fines de garantizar la continuidad de la ejecución de las obras referidas para cuyo financiamiento se contaba con los fondos provenientes del FONDO FEDERAL SOLIDARIO, se considera necesario crear el PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA A PROVINCIAS Y MUNICIPIOS en la órbita de la SECRETARÍA
DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de asistir financieramente a las provincias que hayan aprobado el Consenso Fiscal referido precedentemente, así como también a los municipios de dichas provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, durante el Ejercicio 2018, en la ejecución de obras de infraestructura.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/09/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/09/2018

Nro. de páginas79

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/08/2024

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