Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.945 - Primera Sección
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Lunes 3 de septiembre de 2018

Decretos

MINISTERIO DEHACIENDA
Decreto 791/2018
DECTO-2018-791-APN-PTE - Exímese pago delos derechos deimportación.

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2018
VISTO el Expediente NºEX-2018-33433955-APN-DGDYDJGM,y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, el Gobierno de la Provincia de MENDOZA, C.U.I.T. N30-68923554-5, solicita la exención del derecho de importación, de la tasa de estadística y de comprobación para la importación a consumo de CATORCE 14 coches-vagones eléctricos autopropulsados, en condición de usados, y sus respectivos repuestos.
Que por la Ley N8.944 de la Provincia de MENDOZA, se creó la SOCIEDAD DE TRANSPORTE DE MENDOZA
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL DE PARTICIPACIÓN ESTATAL S.T.M. S.A.U.P.E., C.U.I.T. N30-715468073, concesionaria del transporte de pasajeros para los tramos especificados por el Decreto N405 de fecha 30 de marzo de 2017 de la citada provincia.
Que con el objeto de brindar en el Gran Mendoza el servicio de transporte público de pasajeros mediante el uso de unidades no contaminantes, incluido el METROTRANVÍA DE MENDOZA, serán destinados los coches que hacen al objeto de la presente medida.
Que la importación de dicha mercadería resulta de vital importancia para mejorar el sistema de transporte urbano de la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA.
Que este medio de transporte resulta ser eficiente y económico y, como tal, contribuirá a preservar las condiciones ambientales dado que no despide los gases que emanan los vehículos con motor a combustión.
Que, asimismo, estas unidades aumentarán la capacidad de transporte de personas en la Ciudad de Mendoza y reducirán los tiempos de traslado y la congestión vehicular, brindando mayor seguridad para el tránsito en general.
Que, todo ello, se traduce en la mejora de la calidad de vida de la población usuaria de los servicios públicos prestados por el adquirente de las citadas duplas.
Que, para el adecuado cumplimiento de los objetivos que se propone la presente medida, corresponde dotar de celeridad suficiente al trámite de importación en cuestión.
Que, en tal sentido, resulta conveniente exceptuar a dicho material rodante y sus repuestos, de los alcances de la Resolución N909 de fecha 29 de julio de 1994 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS y sus modificaciones.
Que, como recaudo, resulta conveniente que la autorización efectuada, sea condicionada a la realización de una inspección posterior a la importación por parte de personal técnico del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL INTI, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, que verifique la adecuada capacidad de los coches objeto de la presente medida con carácter previo a su uso.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 20 de la Ley N20.954 y lo preceptuado por los artículos 765 y 771 de la Ley N22.415 Código Aduanero y sus modificaciones.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Exímese a la Provincia de MENDOZA, C.U.I.T. N30-68923554-5, del pago de los derechos de importación y de las tasas de estadística y de comprobación que gravan la importación definitiva para consumo de los bienes usados, que se describen y detallan en el ANEXO IF-2018-42180403-APN-MP que forma parte integrante de la presente medida, destinados a prestar servicio de transporte público en la Ciudad de Mendoza

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/09/2018

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/08/2024

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