Boletín Oficial de la República Argentina del 27/06/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.899 - Primera Sección
37

Miércoles 27 de junio de 2018

secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415. Fdo. Edgardo E. Beretta. Administrador. Aduana de Oran.
SUMARIO NÚMERO 076
349/2017/5
63/2018/6
63/2018/6
38/2018/2
463/2017/0
479/2017/3
99/2018/5
19/2018/4
20/2018/K
465/2017/7
416/2017/4
194/2017/9
428/2017/9

INTERESADO
VELASQUEZ EIBER
TENORIO LAIME TEOFILO
VARGS ROJAS MARIA JULIA
FLORES ORDOÑEZ FRANZ ROBERTO
ZAMBRANA MARI LUISA
PECA SILVERIO HEBER
CRUZ OMAR ALFREDO
TORREZ ESPINOSA ADELA
FERNANDEZ RICARDO RUBEN CASTAÑO ALEJANDRO ARMANDO
MENDOZA ANTONIO DAVID
ROMERO JUAN JOSE
ARELLO ENRIQUE PONCIANO

INFRACC. ARTS. CA.
979
979
979
994
970
977
947
947
947
947
995
995
995

IMPORTE MULTA en PESOS
87.025,00
81.000,00
81.000,00
500,00
56.616,00
33.547,36
51.850,18
59.564,34
56.321,10
167.279,92
1000,00
1000,00
1000,00

Edgardo Enrique Beretta, Administrador I - Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta.
e. 27/06/2018 N45703/18 v. 27/06/2018

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DEORÁN
ADUANA ORÁN, 22 DE JUNIO DE 2018.
Que la figura infraccional denunciada, se encuentra dentro de las previsiones de la Instrucción Gral. IX/2017 en virtud de que el importe de la Multa mínima no supera la suma de PESOS TREINTA MIL $30.000 ART. 954 Ley 22.415.
Que realizada la consulta en las Aduanas del País, mediante el AFIP-COMUNICA a los efectos de verificar los antecedentes de/la imputado/a, resulta que NO REGISTRA ANTECEDENTES computable del tipo infraccional que se le imputa.
Que por ello corresponde ordenar el archivo de las mismas, de conformidad con lo establecido en el Pto. D-1 de la Instrucción Gral. IX/2017 DGA, dictado en virtud de lo dispuesto en el decreto Nº618/97, art. 6º, punto 2 inc. a.
Que asimismo corresponde hacer saber al propietario que dentro de los Diez 10 días de notificada la presente deberá dar destinación aduanera a la mercadería, reembarco o introducción a plaza previo pago de los tributos que corresponda, todo ello bajo apercibimiento de dar a la misma el tratamiento previsto en los art. 429 y ss del CA., lo cual implica considerarla abandonadas a favor del Estado Nacional para luego proceder a su publica subasta, destrucción, donación, conforme lo programado en el art. 436 del CA., Decreto 1192/96 y Ley 25.603.
IG IX/2017 Pto. D. Aduana de Oran sita en calle Av. Palacios Nº830 local 3 de la ciudad de Oran Salta. FDO.
BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.
DN76-2/2017/K.
Edgardo Enrique Beretta, Administrador, Aduana de Orán.
e. 27/06/2018 N45707/18 v. 27/06/2018

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DEORÁN
ADUANA ORÁN, 22 DE JUNIO DE 2018.
Que la figura infraccional denunciada, se encuentra dentro de las previsiones de la Instrucción Gral. IX/2017 en virtud de que la Multa mínima no supera la suma de PESOS TREINTA MIL $30.000 ART. 962 Ley 22.415

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/06/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/06/2018

Nro. de páginas55

Nro. de ediciones9381

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/06/2024

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