Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2018 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.848 - Primera Sección SIGEA N
12246-415-2017/2
12246-415-2017/5
12246-276-2017

DN10-Nº 469-2017/K
472-2017/5
531-2017/2

92

INTERESADO
GUIA Nº1808200000004566799
GUIA Nº1808200000004566809
GUIA Nº7293-B-00014290

Miércoles 11 de abril de 2018
DNI N
DESCONOCIDO
DESCONOCIDO
DESCONOCIDO

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA
BALANZAS, COCINAS.
FRASCOS CON PASTILLAS
CIGARRILLOS

BARRANQUERAS, 10 DE ABRIL DE 2018
Sergio E. Mansur, Administrador I, AFIP - DGA, Barranqueras.
e. 11/04/2018 N23325/18 v. 11/04/2018

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

DIVISIÓN ADUANA DEPOSADAS
CÓDIGO ADUANERO LEY 22.415 -ARTÍCULO 1013 INC. h POSADAS, 20 de marzo de 2018
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez 10 días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía art. 1005 deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, art. 1001, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005
del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez 10 días, previo deposito en autos del monto de la multa minima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondra a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987,947 de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.
Firmado: Ing. FERNANDO GARNERO, Administrador I de la Aduana de Posadas.
SC4626-2018/3
64-2018/K
70-2018/5
74-2018/8
75-2018/6
79-2018/9
82-2018/K
109-2018/K
131-2018/3
132-2018/1
485-2017/9
596-2017/9
599-2017/3
631-2017/1
638-2017/9
643-2017/6
646-2017/0
648-2017/7
649-2017/5
649-2017/5
659-2017/9
676-2017/5

IMPUTADO
TEIXEIRA DE SOUZA ORLANDO
RAMIREZ PABLO NICOLAS
PAREDES MARIANA
PAREDES MARIANA
BROG CECILIA ESTELA
SILVEIRA CLAUDIO ANDRES
MARTINEZ VALIENTE MARIA
ARZAMENDIA HORACIO GABRIEL
LEULAN RAMONA BERNARDINA
MARTINEZ DE GONZALEZ MIRTA
GALIANO SEBASTIAN
RIVERO ESTEBAN ANDRES
AMERICATRADE S.R.L.
JARA ADRIAN ENRIQUE
MANEIRO ENRIQUE ALBERTO
GARAY BENITEZ BRIGIDO
ROLON LORENZA BEATRIZ
PONCE FRANCISCO
LEIVA BRITOS SILVIO RAMON
LEIVA ALBA MARIA
AQUINO ANTONIO
SABATE MARIANO RUBEN

DOC. IDENTIDAD
D.N.I. 23.286.347
D.N.I. 39.369.539
D.N.I. 39.043.870
D.N.I. 39.043.870
D.N.I. 22.152.644
D.N.I. 30.903.954
D.N.I. 95.444.868
D.N.I. 34.002.708
D.N.I. 94.087.170
C.I.P. 3.693.571
D.N.I. 31.242.024
D.N.I. 31.574.148
CUIT 30-70867366-4
D.N.I. 26.592.263
D.N.I. 24.084.014
C.I.P. 5.850.588
D.N.I. 24.465.308
L.E. 8.638.488
C.I.P. 1.216.648
D.N.I. 38.638.517
D.N.I. 36.474.117
D.N.I. 30.654.547

MULTA$
16.843,93
71.854,51
15.489
24.580,2
15.232,8
11.240
13.990
2.760
3.373,76
12.249,6
60.638,89
24.533,6
92.574,1
49.665,21
18.325,76
20.250
99.739,5
57.933
10.557,86
10.557,86
20.331,42
168.127,89

INFRACCION
985
986
977
977
977
977
977
977
977
977
986
977
986-987
977
986-987
977 INC 2
977
977
977
977
986
986-987

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/04/2018

Nro. de páginas135

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930