Boletín Oficial de la República Argentina del 06/11/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.745 - Primera Sección
76

Lunes 6 de noviembre de 2017

Avisos Oficiales NUEVOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DEANÁLISIS DEFISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA
RESOLUCIÓN GENERAL Nº2300 Y SUS MODIFICATORIAS TITULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS
SUSPENSIONES
De conformidad a lo previsto por el artículo 40 de la Resolución General AFIP N2300 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres Secas, según Anexo I GDE IF 201726235880-APN-DIANFEAFIP.
Ana Maria Brana, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, Administración Federal de Ingresos Públicos.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.ary también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 06/11/2017 N84399/17 v. 06/11/2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DEANÁLISIS DEFISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA
RESOLUCIÓN GENERAL Nº2300 Y SUS MODIFICATORIAS - TITULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS
EXCLUSIONES
De conformidad a lo previsto por el artículo 47 de la Resolución General AFIP N2300 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes excluidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres Secas, según Anexo I GDE IF 201726236389-APN-DIANFEAFIP.
La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos de la página web institucional www.afip.gov.ar al que se accede mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo, en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previstas en los incisos a, c, d y f del artículo 47 de la Resolución General AFIP N2300.
La referida exclusión podrá ser objeto del recurso de apelación previsto en el Artículo 74 del Decreto 1397/1979
dentro de los QUINCE 15 días de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 52 de la Resolución General AFIP N2300.
Ana Maria Brana, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, Administración Federal de Ingresos Públicos.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.ary también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 06/11/2017 N84400/17 v. 06/11/2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/11/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/11/2017

Nro. de páginas92

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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