Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 33.731 - Primera Sección
Martes 17 de octubre de 2017

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que por el Decreto Nº40 del 25 de enero de 2007, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que por la Resolución N805 del 9 de noviembre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, modificado por su similar N466 del 17 de octubre de 2014 del referido Servicio Nacional, se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores de segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Director del Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y a fin de no resentir las actividades propias del referido Servicio Nacional, resulta necesario propiciar la asignación transitoria de funciones en dicho cargo al agente de la Planta Permanente Médico Veterinario D. Eduardo Dionisio MARADEI M.I. N10.479.307.
Que dicha asignación se enmarca en lo previsto por el Artículo 15, inciso a, apartado II del Anexo I del Decreto N1.421 del 8 de agosto de 2002, cumpliendo el citado profesional con los requisitos exigidos para la situación escalafonaria correspondiente al cargo de que se trata.
Que por el Artículo 3 del Decreto N355 del 22 de mayo de 2017 se dispuso, que los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha intervenido en los términos previstos en el Artículo 3º del Decreto N355 del 22 de mayo de 2017.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Artículo 3 del citado Decreto N355/17.
Por ello, ELMINISTRO DEAGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Dánse por asignadas transitoriamente, a partir del 10 de marzo de 2016 y porel término de SEIS
6 meses contados a partir del dictado de la presente medida, las funciones de Director del Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Tramo Principal, Grado 4, Función Directiva III, al Médico Veterinario D. Eduardo Dionisio MARADEI M.I. N 10.479.307, quien revista en la Planta Permanente del citado Servicio Nacional, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva, prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº40 del 25 de enero de 2007.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ricardo Buryaile.
e. 17/10/2017 N78767/17 v. 17/10/2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/10/2017

Nro. de páginas124

Nro. de ediciones9409

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/07/2024

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