Boletín Oficial de la República Argentina del 30/06/2017 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 33.656 - Primera Sección
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Viernes 30 de junio de 2017
ARTÍCULO 5.- Autorízase al Subsecretario de Financiamiento y/o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público y/o al Director de Administración de la Deuda Pública y/o al Director de Informaciones Financieras y/o al Director de Financiación Externa, en forma indistinta, a firmar el resto de la documentación que resulte necesaria para implementar la presente medida.
ARTÍCULO 6.- Apruébanse los gastos de traducción y otros gastos asociados que resulten necesarios para llevar a cabo las operaciones contempladas en la presente norma por hasta un monto máximo de PESOS TRESCIENTOS
MIL $300.000.
ARTÍCULO 7.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Bausili. Rodrigo Hector Pena.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA www.
boletinoficial.gob.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 30/06/2017 N46329/17 v. 30/06/2017