Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 11 de mayo de 2017

Primera Sección
Por ello, ELMINISTRO DEENERGÍA YMINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Prorrógase a partir del 29 de abril de 2017 hasta el 31 de octubre de 2017 inclusive, la designación transitoria de la Licenciada en Psicopedagogía Mariana ABASOLO M.I. N28.438.897, efectuada por la Decisión Administrativa Nº1.500 de fecha 20 de diciembre de 2016, en el cargo de Coordinador de Legajos, Certificaciones y Asistencia Nivel C, Grado 0, F.E. IV del SI.N.E.P. dependiente de la Dirección de Administración y Gestión de Personal de la DIRECCIÓN GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2.098/2008 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del día 29 de abril de 2017.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan José Aranguren.
e. 11/05/2017 N30862/17 v. 11/05/2017

MINISTERIO DEENERGÍA YMINERÍA

SECRETARÍA DEENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 287-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2017
VISTO el Expediente NEX-2016-02609829-APN-DDYMEMEM,y CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N420 de fecha 16 de noviembre de 2016
de esta Secretaría de Energía Eléctrica, se convocó a interesados en desarrollar integralmente proyectos de infraestructura eléctrica que contribuyan a la reducción de costos en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA MEM y al aumento de la confiabilidad en el Sistema Eléctrico Argentino, a manifestar su interés mediante la presentación del anteproyecto correspondiente.
Que la respuesta a dicha convocatoria resultó notoriamente superior a la esperada y evidenció el interés de los particulares en desarrollar proyectos de inversión en el sector eléctrico argentino.
Que, en efecto, se presentaron cerca de DOSCIENTAS 200 Manifestaciones de Interés MDI por OCHENTA 80 grupos empresarios distintos, con diferentes alternativas de instalación de infraestructura incluyendo nueva generación, suministro de combustibles y obras de transmisión, entre otras.
Que las Manifestaciones de Interés MDI en desarrollar proyectos de nueva generación térmica mediante: a cierre de ciclos combinados, b cogeneración, c nuevos ciclos combinados y d otros, alcanzaron los TREINTA Y CINCO MIL MEGAVATIOS 35.000 MW.
Que, asimismo, se presentaron: a más de DIEZ 10 propuestas de suministro de combustibles alternativos mediante la ampliación de capacidad, de suministro independiente, o asociadas a proyectos de nueva generación; b varias propuestas de ampliación del Sistema de Transporte en Alta Tensión de QUINIENTOS KILOVOLTIOS 500 kV en corriente alterna líneas y estaciones y en corriente continua y c varias propuestas de mejora de eficiencia operativa de generación térmica y gestión de combustibles.
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA CAMMESA analizó los anteproyectos presentados y las condiciones informadas para su eventual desarrollo y elevó las presentaciones de los interesados juntamente con sus propios análisis, para consideración de esta Secretaría.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.622

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Que, como consecuencia de la cantidad de iniciativas presentadas, se hizo necesaria su clasificación y categorización en función de las características de las propuestas y a los efectos de llevar a cabo procesos licitatorios ordenados, con criterios de selección que faciliten la transparencia en virtud de la más sencilla comparabilidad de las ofertas.
Que, teniendo en cuenta el bajo requerimiento de combustibles que el cierre de ciclos combinados y la cogeneración requieren, se considera oportuno y conveniente iniciar los procesos licitatorios mediante una convocatoria a presentar ofertas de energía eléctrica proveniente de la instalación de cierre de ciclos combinados y cogeneración.
Que la convocatoria que se propicia constituye la Etapa 1 y resulta de la evaluación efectuada en función de las numerosas Manifestaciones de Interés MDI presentadas por empresas nacionales e internacionales en el marco de la Resolución N420/2016 de esta Secretaría, las posibilidades del sistema eléctrico teniendo en cuenta sus condiciones actuales y la minimización u optimización del uso de combustibles hidrocarburíferos.
Que, la mayor simplicidad para la preparación y evaluación de las ofertas permitirá posibilitar el inicio temprano de los trabajos, así como la rápida obtención de resultados en el incremento de eficiencia y la consecuente reducción de costos.
Que la convocatoria para ofertar energía eléctrica producida por la construcción e instalación integral de nuevas centrales de ciclo combinado requerirá su integración con nuevas soluciones de transporte eléctrico y de aprovisionamiento de combustible alternativo en volúmenes importantes, adecuados a módulos de gran potencia, asumiendo la responsabilidad del suministro el Agente Generador del MEM, lo cual, además de exigir un mayor tiempo de preparación de las ofertas y de análisis para su selección, demanda ciertas revisiones regulatorias, las que se encuentran actualmente en análisis para su pronta implementación una vez que sea encauzado el proceso de ordenamiento tarifario en el sector eléctrico.
Que con el objeto de no incrementar los tiempos necesarios para la concreción de inversiones que permitan avanzar en la reducción de costos en el Mercado Eléctrico Mayorista MEM, se da inicio al proceso de convocatoria abierta para la adquisición de energía eléctrica por demanda en el MEM, invitando, en esta primera etapa Etapa I, a los Agentes Generadores, Cogeneradores del MEM o empresas que hayan solicitado su reconocimiento como tales -y que cumplan con la normativa vigentea ofertar, conforme el procedimiento y en los términos de la presente resolución, con el objeto de optimizar los tiempos necesarios para la concreción de inversiones en el desarrollo integral de proyectos de infraestructura a través de: a la puesta en marcha de cierre de ciclos combinados en base a centrales térmicas existentes o de próxima habilitación a ciclo abierto, de bajo consumo específico, con posibilidades de mejorar su eficiencia alcanzando niveles competitivos y b desarrollos de cogeneración eficiente que no incrementen las necesidades del transporte eléctrico más allá de las naturales de su conexión al sistema, salvo que ejecute obras necesarias a su propio costo y que, a su vez, disponga de un abastecimiento propio de combustible principal y alternativo permanente y garantizado, que permitan avanzar en la reducción de costos en el MEM.
Que las ofertas admisibles conforme los requisitos formales y técnicos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria Abierta a Interesados - Etapa I PBC-CAI Etapa I que, como Anexo IF-2017-08119339-APN-SECEEMEM, forma parte integrante de la presente medida, serán evaluadas económicamente aplicando la metodología que se aprueba por la presente resolución, conforme a un modelo de evaluación simplificado del impacto económico esperado en el sistema y del equipamiento de generación comprometido como respaldo en cada oferta, según la información declarada en ella.
Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, las ofertas serán ordenadas para su selección en función del ahorro de combustible o eficiencia en su utilización para el sistema eléctrico.
Que el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED, que por mandato legal está sujeto a los principios de transparencia y equidad, será el responsable administrativo de: a recepción de las ofertas, b evaluación de su admisibilidad formal y técnica, c aplicación de la metodología de evaluación económica aprobada por esta Secretaría, d ordenamiento resultante de las ofertas en función del mayor ahorro de combustible o beneficio de eficiencia para el sistema; y una vez recibida la aprobación pertinente por parte de esta Secretaría en su carácter de Autoridad de Aplicación e la contratación de potencia y energía eléctrica aprobada con los oferentes ordenados, según el orden de prelación de beneficios para el sistema.
Que, en tal sentido, una vez ordenadas las ofertas admisibles, el OED
remitirá a esta Secretaría los resultados de la convocatoria, con su dictamen técnico y su recomendación económica fundada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/05/2017

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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