Boletín Oficial de la República Argentina del 07/11/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 7 de noviembre de 2016

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.498

41

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL

Avisos Oficiales
Resolución 972/2016
Buenos Aires, 01/11/2016

ANTERIORES

VISTO el Expediente N0012265/2016 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL y el Decreto N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y CONSIDERANDO:

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la señora Yanjun HUANG DNI
N94.020.195 para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N6637, Expediente N100.877/12, caratulado HUANG YANJUN, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. HERNÁN
F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 03/11/2016 N80823/16 v. 09/11/2016

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN
DE NAVEGACIÓN AÉREA de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, elaboró el proyecto de Parte 212 de LAS REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL
RAAC, Búsqueda y Salvamento.
Que este proyecto contribuirá al correcto ejercicio de la responsabilidad primaria conferida a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC por el Decreto N 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007, en materia de regulación de la aviación civil y en la elaboración y definición de la planificación estratégica de sus políticas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC ha tomado la intervención que le compete.
Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172
de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello;

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma DELU S.R.L. CUIT N3070858435-1 y al señor Aníbal Rubén GOMEZ DNI N23.304.305 para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles bancarios comparezcan en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N6804, Expediente N100.838/12, caratulado DELU S.R.L. Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial. MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. HERNÁN F.
LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 03/11/2016 N80824/16 v. 09/11/2016

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor SANDRO BIAGIOLI D.N.I. N30.654.308, para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N101.328/15, Sumario N6910, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
VERÓNICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. HERNÁN
F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 03/11/2016 N80826/16 v. 09/11/2016

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto del proyecto de la Parte 212 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL
RAAC, que, como Anexo, integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2 Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA 30 días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, con domicilio en Avenida Paseo Colón N1.452 C1063ADO de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente resolución.
ARTÍCULO 3 Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional, con asiento en la Calle Azopardo N1.405, piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas.
ARTÍCULO 4 Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N1.172
de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilitase la casilla de correo normaer@anac.gov.ar a los efectos de recibir los comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por DOS 2 días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plazo de TREINTA 30 días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de Planificación y Control de Gestión - Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del trámite. Ing. JUAN PEDRO IRIGOIN, Administrador Nacional de Aviación Civil.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar.
e. 04/11/2016 N82623/16 v. 07/11/2016

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano N1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S., se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO DE RADIODIFUSION F.M. HOMERO MANZI LIMITADA, MATRICULA 23.729 EXPTE. N4528/13 RES. N4426/13; COOPERATIVA EL PAMPERO DE
VIVIENDA, CONSUMO, CREDITO Y PROVISION DE SERVICIOS SOCIALES LIMITADA, MATRICULA 6.708 EXPTE. N2963/15 RES. N4007/15; COOPERATIVA DE VIVIENDA REALCO LIMITADA, MATRICULA 33.300 EXPTE. N 4535/12 RES. N 4274/15; COOPERATIVA
DE CREDITO, CONSUMO Y PROVISION DE PANADEROS LA ARGENTINA LIMITADA, MATRICULA 23.402 EXPTE. N4132/15 RES. N3919/15, COOPERATIVA DE TRABAJO APICOLA PUNTA INDIO LIMITADA, MATRICULA 37.928 EXPTE. N7817/14 RES. N1016/15;
COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION Y PARQUIZACION LOS DEL PAGO
LIMITADA, MATRICULA 30.073 EXPTE. N 3157/15 RES. N 844/16; COOPERATIVA DE
TRABAJO EMPRESARIAL DE LOGISTICA INFORMATICA Y COMUNICACIONES LIMITADA, MATRICULA 35.930 EXPTE. N 4537/12 RES. N 4012/15; COOPERATIVA DE VIVIENDA
CONCERTACION LIMITADA, MATRICULA 34.102 EXPTE. N3367/14 RES. N854/16 designándose a la suscripta Instructora Sumariante.
De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ 10 días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho art. 1 inc. f de la Ley N19.549, que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N1759/72 T.O. 1991.
El presente deberá publicarse en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N1759/72 T.O. 1991. Dra. MARISA ANDREA CELESTE, Instructora Sumariante, INAES.
e. 04/11/2016 N82621/16 v. 08/11/2016

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL
Resolución 974/2016
Buenos Aires, 01/11/2016
VISTO el Expediente NANC:0012370/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, el Decreto N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, los Documentos de la Organización de Aviación Civil Internacional OACI Nros. 9137 AN/898 - Manual de Servicios de Aeropuertos su Parte 7; 9376 AN/914 - Preparación de un manual de operaciones; 9859 AN/474 - Manual de Gestión de la Seguridad Operacional SMM; 9973
- Manual sobre asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares y 9998
AN/499 - Política de la OACI sobre asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares; las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC y la Resolución ANAC N505
de fecha 30 de junio de 2015, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 establece que la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC ejerce, entre otras facultades, las acciones necesarias competentes a la autoridad aeronáutica derivadas del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, los Convenios y Acuerdos Internacionales y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales.
Que resulta necesario determinar, a nivel nacional, las acciones y funciones de los distintos organismos intervinientes en una emergencia aérea o contingencia que derive de un accidente de aviación civil, según sus propios ámbitos de aplicación.
Que ante un siniestro de estas características, es imprescindible obtener y colectar toda la información posible acerca de la contingencia o emergencia aérea e informar la situación de manera

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/11/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/11/2016

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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