Boletín Oficial de la República Argentina del 02/11/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 2 de noviembre de 2016

Oeste en la Provincia de SAN JUAN, entre los días 15 de diciembre de 2015 y 6 de octubre de 2016.
Que tal solicitud fue efectuada a instancias de la Gobernación de la PROVINCIA DE SAN JUAN
mediante Solicitud de Habilitación Ocasional de Paso Internacional N11/2015 en virtud de la petición efectuada por Minería Los Pelambres ante el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES de la REPÚBLICA DE CHILE a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FRONTERAS Y LÍMITES DE
ESTADO DIFROL.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS TÉCNICOS DE FRONTERA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, mediante Nota DATF N36/2016 informa que por Resolución de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS N1/16 se deja sin efecto la habilitación ocasional del Paso Fronterizo Escombrera Cerro Amarillo por razones propias de dicho organismo.
Que mediante Resolución de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS N21/16 y su ampliatoria N26/16 se procede a conceder la habilitación del Paso Fronterizo Escombrera Cerro Amarillo por el término de TRESCIENTOS SESENTA 360 días a partir del día 29 de agosto de 2016.
Que por razones de índole operativa la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA prestó su conformidad a la delegacion del control en dicho paso fronterizo, siendo ejercido el referido control por el Escuadrón 26 BARREAL.
Que los artículos 34 y 107 de la Ley Nº25.871 establecen las facultades de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a efectos de habilitar los sitios y modos en que se desarrollarán los controles de ingreso y egreso de personas desde y hacia el Territorio Nacional.
Que a través del artículo 5º de la Disposición DNM Nº644/10 se delega en el Director General de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO la firma de la autorización de habilitación de Pasos Fronterizos para el tránsito internacional de personas, a requerimiento de parte interesada y en forma ocasional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N25.565, el Decreto N1410 del 3 de diciembre de 1996 y la Disposición DNM N664 del 5 de mayo de 2010.
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL
DE MOVIMIENTO MIGRATORIO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º Sustitúyase el artículo 2 de la Disposición DNM N4889 del 15 de septiembre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente forma.
ARTÍCULO 2º.- Delégase la atención del control migratorio del Paso Fronterizo en el personal de GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA Escuadrón 26 BARREAL.
ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. HORACIO ROBERTO PEIRONE, Director General, Dirección General de Movimiento Migratorio, Dirección Nacional de Migraciones.
e. 02/11/2016 N81899/16 v. 02/11/2016

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N1656, Capital Federal, notifica que por medio de la disposición N760/16, se ha resuelto dar por decaído el derecho dejado de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1 inciso e apartado N8 de la Ley N19549/72 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a la entidad que a continuación se detalla: COOPERATIVA
DE TRABAJO TIMBUES LTDA Matricula 38.494 EXPTE: 6074/13, RESOLUCION 920/15-. De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ 10 días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto N1759/72.
El presente deberá publicarse por en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42
del Decreto Reglamentario N1759/72 T.O. 1991. Dra. ERIKA S. ALVAREZ, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 02/11/2016 N81892/16 v. 04/11/2016

MINISTERIO DEDEFENSA

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
Disposición 163/2016
Buenos Aires, 06/10/2016
VISTO el expediente N160482/5 del registro del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, el Convenio de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098 de fecha 03 de diciembre de 2012 y sus modificatorios, la Resolución de la ex Secretaría de la Función Pública N21 de fecha 17 de septiembre de 1993, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita la aprobación del listado de agentes de la planta permanente del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones simples del período 2014, conforme a lo establecido por el Régimen para la aprobación de la asignación de la Bonificación por Desempeño Destacado aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE
LA GESTIÓN PÚBLICA N98/09 y modificatorias.
Que ha ejercido la veeduría que le compete la entidad gremial, expresando su conformidad la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN UPCN según consta en el Acta de Veeduría Gremial N01/16 de fecha 19 de julio de 2016, obrante en el expediente citado en el VISTO.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.495

21

Que respecto a la concurrencia de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO ATE, según consta en el Acta de Veeduría citada en el considerando precedente, no efectuó su presentación, habiendo sido debidamente notificados, no obstante dicha circunstancia no obstaculiza la prosecución del trámite.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA
ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO aprobado por el Anexo II a la Resolución ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
N98/09 y modificatorias.
Que atento a lo que surge de las actuaciones precedentemente mencionadas, como así también de las conclusiones a las que arriba la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SEECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, corresponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, han tomado las intervenciones que les compete.
Que el gasto que demande el pago de las Bonificaciones por Desempeño Destacado que se tramita en la presente será atendido en el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional aprobado por la Ley N27.198 y la Decisión Administrativa N10 del 19 de enero de 2016.
Que en consecuencia y de conformidad con las previsiones contenidas en el Artículo 2 del Anexo II de la Resolución emanada de la entonces denominada SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA N98/09, la designación obrante en el Decreto N2029 de fecha 23 de octubre de 2012 y el Decreto N2101 del 06 de octubre de 2015, esta instancia se halla facultada para dictar el presente acto administrativo.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Apruébase el listado de agentes de planta permanente de este Organismo en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el artículo 89
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2014, de conformidad con el detalle que como Anexo I
forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 El gasto que se aprueba mediante la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - Entidad 450 - Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional - Inciso 1 - Gastos en Personal - Ley del Presupuesto General de la Administración Nacional N27.198 para el ejercicio 2016 y Decisión Administrativa N10 del 19 de enero de 2016.
ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Agrimensor SERGIO RUBÉN CIMBARO, Presidente del Instituto Geográfico Nacional.
ANEXO I
Apellido y Nombre ARMUA, Sergio Daniel BONFANTI, María Eugenia BURKE, Miguel Fernando CASTRO, Carlos José DALMEIDA, Silvia DI BENEDETTO, Rosana Graciela FERNÁNDEZ PAGANO, Diego Roberto MONCY, Fernando MOYA, Valeria Noemí MUNITA, Andrea Sara ORTALE, Rosalinda PASCUZZO, Vilma Blanca RUBILLO, Romina Carolina
Agrupamiento Profesional Profesional General General General General Profesional Profesional General General General General General
Nivel B
B C
E B
D C
A D
C C
B D

Grado 9
9 9
11
12
9 10
10
5 8
10
12
7

Tramo Avanzado Avanzado Avanzado Avanzado Avanzado Avanzado Avanzado Avanzado Intermedio Intermedio Avanzado Avanzado Intermedio
e. 02/11/2016 N82448/16 v. 02/11/2016

MINISTERIO DEEDUCACIÓN YDEPORTES
Resolución 1870 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2016
VISTO la Ley N24.521, el Decreto N499 de fecha 22 de setiembre de 1995 y la necesidad de articular e integrar el sistema educativo, garantizando la calidad e igualdad de oportunidades, promoviendo trayectorias de formación articuladas para asegurar el acceso, la permanencia y la graduación de la educación superior, y el Expediente N11073/16 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que el sistema de educación superior argentino es un sistema dinámico y complejo, con una larga trayectoria, integrado por instituciones de diversa índole y pertenencia y con procesos históricos diferentes, que requiere contar con políticas tendientes a lograr una mayor integración y articulación horizontal y vertical, tanto en el plano institucional, como en el académico.
Que existe una vasta y diversificada experiencia de acuerdos intra e interinstitucionales de articulación y reconocimiento de estudios en nuestro país, a la vez que a escala regional y mundial se han implementado diversos sistemas de reconocimiento de estudios, los que han permitido que los estudiantes cuenten con oportunidades de construcción de trayectorias de formación, a la vez que han posibilitado a las instituciones innovaciones curriculares y de diálogo interinstitucional.
Que, en ese contexto, el reconocimiento de estudios no resulta un mecanismo extraño al sistema educativo argentino, contando incluso las instituciones de educación superior de nuestro país con mecanismos para el reconocimiento de trayectos formativos de instituciones extranjeras.
Que el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL se ha manifestado con fecha 27 de agosto de 2004 mediante la denominada Declaración de Horco Molle la que expresa, a los fines de cumplir con los objetivos propuestos, y entre otras acciones, la necesidad de construir un sistema de créditos de grado y posgrado, para estimular la articulación en la universidad y en-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/11/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/11/2016

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/07/2024

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