Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 19 de mayo de 2016

urbano de esta Aduana CONSIDERESE CONSTITUIDO el mismo en esta Oficina Aduanera, donde será notificado de todas las providencias y resoluciones que se dictaren, Art. 1004 y 1013 inc. g de la Ley 22415.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.382

MINISTERIO DESALUD
SUBSECRETARÍA DEPOLÍTICAS, REGULACIÓN YFISCALIZACIÓN

026-SC-147-2015/K - GOMEZ JOSE LUIS DNI N22364484 - ART. 977 LEY 22415.

Disposición 23/2016

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.

Bs. As., 13/05/2016

Prof. MIGUEL ANGEL SILVA, Administrador, División Aduana de Gualeguaychú - Aduana de Gualeguaychú, sita en San Lorenzo 420 de Gualeguaychú, Entre Ríos, TE 03446-426263.
e. 19/05/2016 N33033/16 v. 19/05/2016

52

VISTO el Expediente N1-2002-15790-13-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N450 de fecha 7 de abril de 2006; N1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N1074 de fecha 30 de julio de 2015; N1814 de fecha 9 de octubre de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N15 de fecha 19 de marzo de 2009; N74 de fecha 15 de diciembre de 2011 y N104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

Que a través de la Resolución Ministerial N450 de fecha 7 de abril de 2006 se creó el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DEGUALEGUAYCHÚ
EDICTO
Se hace saber a la persona cuyos datos se detallan al pie, que se lo ha declarado REBELDE
el los términos del art. 1105 de la Ley 22415 y atento a la no constitución de domicilio en el radio urbano de esta Aduana CONSIDERESE CONSTITUIDO el mismo en esta Oficina Aduanera, donde será notificado de todas las providencias y resoluciones que se dictaren, Art. 1004 y 1013 inc. g de la Ley 22415.
026-SC-26-2015/3 - LEBEDEVSKY LUIS DNI N18827964 - ART. 977 LEY 22415.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
Prof. MIGUEL ANGEL SILVA, Administrador, División Aduana de Gualeguaychú - Aduana de Gualeguaychú, sita en San Lorenzo 420 de Gualeguaychú, Entre Ríos, TE 03446-426263.
e. 19/05/2016 N33034/16 v. 19/05/2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

EDICTO
Se hace saber a la persona cuyos datos se detallan al pie, que se lo ha declarado REBELDE
el los términos del art. 1105 de la Ley 22415 y atento a la no constitución de domicilio en el radio urbano de esta Aduana CONSIDERESE CONSTITUIDO el mismo en esta Oficina Aduanera, donde será notificado de todas las providencias y resoluciones que se dictaren, Art. 1004 y 1013 inc. g de la Ley 22415.
026-SC-117-2015/5 - BAJUK MAI OSCAR DNI N92331806 - ART. 977 LEY 22415.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
Prof. MIGUEL ANGEL SILVA, Administrador, División Aduana de Gualeguaychú - Aduana de Gualeguaychú, sita en San Lorenzo 420 de Gualeguaychú, Entre Ríos, TE 03446-426263.
e. 19/05/2016 N33037/16 v. 19/05/2016

Que por Resolución Ministerial N1074 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Neonatología, Cirugía General, Clínica Médica, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva Infantil. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial N104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales de Acreditación los formularios nacionales para la evaluación de residencias Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL
SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que mediante Disposición N15 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que mediante Disposición N74 de fecha 15 de diciembre de 2011 de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la residencia de CIRUGÍA GENERAL del POLICLINICO DEL DOCENTE O.S.P.L.A.D. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido acreditada en la Categoría C por un período de 2 DOS años.
Que con anterioridad al vencimiento de la acreditación el POLICLINICO DEL DOCENTE
O.S.P.L.A.D. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha solicitado la reacreditación de la residencia y ha presentado la documentación correspondiente.
Que habiendo vencido el período de acreditación y teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas oportunamente, la institución ha tenido en cuenta lo requerido.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N1342 de fecha 10 de Octubre de 2007.
Que la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA ha realizado una nueva evaluación de la residencia utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser reacreditada por un período de 4 CUATRO años y ha formulado recomendaciones para su mejora.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A.

ADUANA DEGUALEGUAYCHÚ
EDICTO
Se cita a la persona detallada más abajo para que dentro de los diez días hábiles 10 comparezca en el Sumario Contencioso que se especifica, a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunto delito tipificado en el artículo indicado correspondientes a la Ley 22415 y bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana art.
1001-Ley 22415 bajo apercibimiento del art. 1004 del precitado ordenamiento legal. Se le hace saber que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los arts. 1030 ss. y cc. de la Ley 22415.
Se le hace saber que se notifica el mínimo de la multa en los términos del art. 930/932 de la Ley 22415.

026-SC-185-2015/1

Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.

Qué la especialidad médica CIRUGÍA GENERAL está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD RM. 1814/2015.

ADUANA DEGUALEGUAYCHÚ

SUMARIO N

Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD
se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN
DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N450 de fecha 7 de abril de 2006.

INTERESADO
AGUILAR MUYCO NOEL
PASAP. SINGAPUR
NE3923342F

INFRACCION

MULTA

TRIBUTOS

ART. 987
LEY 22415

$10.995,51

U$S467,42

Prof. MIGUEL ANGEL SILVA, Administrador, División Aduana de Gualeguaychú - Aduana de Gualeguaychú, sita en San Lorenzo 420 de Gualeguaychú, Entre Ríos, TE 03446-426263.
e. 19/05/2016 N33038/16 v. 19/05/2016

Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la reacreditación de la residencia de CIRUGÍA GENERAL del POLICLINICO DEL DOCENTE O.S.P.L.A.D. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello, LA SUBSECRETARIA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Reacredítase la residencia de CIRUGÍA GENERAL del POLICLINICO DEL
DOCENTE O.S.P.L.A.D. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Categoría A por un período de 4 CUATRO años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/05/2016

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9420

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/08/2024

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