Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 13 de enero de 2016
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.295

23

Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Desígnase con carácter transitorio, a partir del dictado del presente acto y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en la Planta Permanente de la SECRETARIA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la persona consignada en el ANEXO
que forma parte integrante del presente, en la unidad organizativa, cargo, nivel y grado que allí se detallan, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva que allí se indica del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.198.

Artículo 1 Desígnanse con carácter transitorio, a partir del dictado del presente acto y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en los cargos de la Planta Permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a las personas consignadas en el ANEXO que forma parte integrante del presente, en la unidad organizativa, nivel y grado que allí se detallan, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.198.

Art. 2 El cargo involucrado en el artículo 1 deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 2 Los cargos involucrados en el artículo 1 deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes al Programa 20 Asistencia Legal y Técnica de la Jurisdicción 20.02 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.

Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes al Programa 20 - Asistencia Legal y Técnica de la Jurisdicción 20.02 - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Rogelio Frigerio.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Rogelio Frigerio.

ANEXO

ANEXO

SUBSECRETARÍA TÉCNICA

SUBSECRETARÍA TÉCNICA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE Y DE COORDINACION
Apellido y Nombre INFANTE MÁRMOL, Rodrigo Carlos
Tipo y Nde Documento
Cargo
Nivel y Grado
Nivel F.E.

DNI N23.615.517

Jefe Unidad Coordinación
B-0

IV

Apellido y Nombre SILVANO LIMA, Hernán PALESA, Juan Ángel
Tipo y Nde Documento DNI N35.973.856
DNI N13.385.590

Nivel y Grado C-0
B-0

SECRETARÍA LEGAL YTÉCNICA

SECRETARÍA LEGAL YTÉCNICA

Decreto 75/2016

Decreto 80/2016

Desígnase Director Nacional del Registro de Dominios de Internet.

Designaciones.
Bs. As. 12/01/2016
Bs. As., 12/01/2016
VISTO la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios y 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7 de la citada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N 27.198 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N78/00 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el Decreto N491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se encuentran vacantes diversos cargos de la planta permanente, resultando necesario proceder a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas, vinculadas directamente con el accionar del señor Presidente de la Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

VISTO la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios y 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7 de la citada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N 27.198 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N78/00 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que los agentes propuestos reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los puestos a cubrir.

Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN se encuentra vacante el cargo de planta permanente de Director Nacional del Registro de Dominios de Internet de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la citada Secretaría, resultando necesario proceder a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas a la citada Secretaría, vinculadas directamente con el accionar del señor Presidente de la Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 7 y 10 de la Ley N27.198 y por lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto N491/02.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por los artículos 7 y 10 de la Ley N27.198 y por lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto N491/02.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/01/2016

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9392

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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