Boletín Oficial de la República Argentina del 11/12/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 11 de diciembre de 2015
4. Entender en la elaboración, ejecución y fiscalización relativas a la explotación y catastro minero.
5. Entender en la normalización y control de calidad de la producción minera.
6. Intervenir en la elaboración y en la ejecución de la política energética nacional.
7. Entender en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y en la fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.
8. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
9. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en las áreas de su competencia.
10. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles en las áreas de su competencia.
11. Entender en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los servicios públicos del área de su competencia, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de servicios públicos.
12. Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.
13. Ejercer, en el ámbito de su competencia, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en el área de su competencia, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes, y entender en los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las mismas.
14. Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.
15. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del Estado Nacional en la Ley N
27.007.
16. Participar en la administración de las participaciones del Estado en las sociedades y empresas con actividad en el área de su competencia.
17. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de su competencia.
ARTÍCULO 23 decies.- Compete al MINISTERIO DE COMUNICACIONES asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las tecnologías de la información, las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales.
En particular, tendrá a su cargo:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.

de control de los prestadores de los servicios en el área de su competencia.

MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PÚBLICAS

7. Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios del área de su competencia, o de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.

Decreto 15/2015

8. Ejercer, en el ámbito de su competencia, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los prestadores de servicios en el área de su competencia así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes, y establecer los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las mismas.
9. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.
10. Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.
11. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las Provincias, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la optimización del uso de las facilidades y redes existentes.

Bs. As., 10/12/2015

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Y DEPORTES

VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Decreto 19/2015

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas al Licenciado D. Alfonso de PRAT GAY D.N.I. N 17.636.215.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Desígnase Ministro.

Art. 6 Hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad de las Jurisdicciones que se crean por el presente Decreto, los Servicios Administrativos Financieros existentes a la fecha de su firma continuarán prestando los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras y de recursos humanos a las nuevas autoridades ministeriales constituidas por la presente medida, con cargo a los créditos presupuestarios vigentes.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Art. 9 Dése cuenta al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN.
Art. 10. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. José G. Santos. Julio C. Martínez.
Susana M. Malcorra. Alberto J. Triaca.
Patricia Bullrich. Germán C. Garavano.
Alejandro P. Avelluto. José Salvador Barañao. Jorge Lemus. Carolina Stanley.

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decreto 14/2015
Desígnase Ministro.

VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Artículo 1 Desígnase Ministro de Producción al Ingeniero D. Francisco Adolfo CABRERA
D.N.I. N 11.486.974.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decreto 17/2015
Desígnase Ministro.

Bs. As., 10/12/2015
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Ministro de Agroindustria al Doctor D. Ricardo BURYAILE D.N.I.
N 16.085.332.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

MINISTERIO DE TRANSPORTE
Decreto 18/2015

Bs. As., 10/12/2015

3. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones.

VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

4. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

5. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en las áreas de su competencia.
6. Entender en la elaboración de las políticas, leyes y tratados en las áreas de su competencia y supervisar los organismos y entes
Desígnase Ministro.

Bs. As., 10/12/2015
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Ministro de Educación y Deportes al señor Esteban José BULLRICH D.N.I. N 20.912.380.

Decreto 16/2015

Bs. As., 10/12/2015

Art. 8 El presente Decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su dictado.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

Desígnase Ministro.

12. Participar en la administración de las participaciones del Estado en las sociedades y empresas con actividad en el área de su competencia.

Art. 7 El Jefe de Gabinete de Ministros dicta las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias del presente Decreto.

11

BOLETIN OFICIAL Nº 33.273

Desígnase Ministro.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

MINISTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
Decreto 20/2015
Desígnase Ministro.

Bs. As., 10/12/2015
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Ministro de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable al Rabino Dn. Sergio Alejandro BERGMAN D.N.I. N
14.744.064.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN
Decreto 21/2015
Desígnase Ministro.

Bs. As., 10/12/2015
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Bs. As., 10/12/2015
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Desígnase Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda al Licenciado D. Rogelio FRIGERIO D.N.I. N 21.482.393.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Desígnase Ministro de Modernización al Licenciado Dn. Andrés Horacio IBARRA D.N.I. N 12.676.719.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

Artículo 1 Desígnase Ministro de Transporte al Licenciado D. Guillermo Javier DIETRICH D.N.I. N 20.618.038.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/12/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/12/2015

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9395

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/07/2024

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