Boletín Oficial de la República Argentina del 26/06/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 26 de junio de 2015

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DECULTURA

MINISTERIO DECULTURA

Decisión Administrativa 377/2015

Decisión Administrativa 378/2015

Autorízase contratación en el Teatro Nacional Cervantes.

Apruébase contratación.

Bs. As., 19/06/2015

MINISTERIO DECULTURA

Bs. As., 19/06/2015

Decisión Administrativa 376/2015

VISTO el Expediente N 498 del 3 de octubre de 2013 del Registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES, Organismo Autárquico en la órbita de la entonces SECRETARÍA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN actual MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N 1421 del 8 de agosto de 2002, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
Autorízase contratación.

Bs. As., 19/06/2015
VISTO el Expediente N1599/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N 1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, el Decreto N 2098
de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA solicita la contratación de la señora Agustina PANIZZA DNI N28.505.202 en un Nivel B, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que la señora Agustina PANIZZA no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decreto N 2098 de fecha 3
de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora Agustina PANIZZA con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
CULTURA ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el TEATRO NACIONAL CERVANTES solicita la contratación de la señora Silvina Fabiana RODRÍGUEZ D.N.I N20.619.360 equiparada a un Nivel B Grado 0 del SINEP con función de Asesora de Dirección General, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que la señora RODRÍGUEZ no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el acceso al nivel B, en el Capítulo III, del Título II, del Anexo al Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple el TEATRO NACIONAL CERVANTES, es necesario autorizar a dicho organismo a contratar a la señora RODRÍGUEZ.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9
del Anexo I al Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/07/2014 y hasta el 31/12/2014 a la señora Agustina PANIZZA DNI N 28.505.202, en una categoría Nivel B Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A. Sellarés.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.159

Artículo 1 Autorízase al TEATRO NACIONAL CERVANTES, Organismo Autárquico en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013 a la señora Silvina Fabiana RODRÍGUEZ DNI N 20.619.360 en una categoría Nivel B Grado 0 con función de Asesora de Dirección General, con carácter de excepción a lo establecido en el Punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A.
Sellarés.

VISTO el Expediente CUDAP N 27/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, el Decreto N1421
del 8 de agosto de 2002, la Resolución ex SSGP N48/02 y sus modificatorias, el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N3 del 21
de enero de 2004 y sus modificatorias, el Decreto N577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA, solicita la excepción para la contratación del señor Alberto Andrés PETRINA DNI N 4.516.139
en un Nivel A, Grado 1 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.
Que mediante la Ley N 25.164, se ha establecido el Marco Regulatorio del Empleo Público Nacional.
Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP N48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que por el artículo 1 del Decreto N577/03
y sus modificatorias se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.
Que sin perjuicio de que el señor Alberto Andrés PETRINA no cumple con los requisitos establecidos para el acceso al Nivel A, en el Capítulo III, del Título II, del Anexo al Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 ni con el requisito dispuesto en el artículo 5, inciso f de la Ley N25.164, el mismo reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que el MINISTERIO DE CULTURA, ha elevado una propuesta para contratar personal especializado, a fin de complementar y fortalecer la labor de esa jurisdicción, informando que para tal fin cuenta con los créditos disponibles en las partidas presupuestarias específicas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 5 y en el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164
y por el artículo 1 del Decreto N577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptuase al MINISTERIO
DE CULTURA, de lo establecido en el inciso c,
9

Punto II, del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y de lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, por encontrarse en edad para acogerse al beneficio jubilatorio, al solo efecto de posibilitar la contratación del Señor Alberto Andrés PETRINA DNI
Nº4.516.139, en una Función equivalente al Nivel A Grado 1 del SINEP - Decreto N2098/08, por el período comprendido entre el 08/09/2014
y el 31/12/2014, bajo el régimen del artículo 9
del Anexo de la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto N1421/02.
Art. 2 Apruébase la contratación celebrada por el MINISTERIO DE CULTURA y el Señor Alberto Andrés PETRINA DNI Nº 4.516.139, para una función equivalente al Nivel A Grado 1 del SINEP - Decreto Nº 2098/08, por el período comprendido entre el 08/09/2014 y el 31/12/2014, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164, reglamentada por el Decreto N1421/02.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE
CULTURA para el presente ejercicio.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A.
Sellarés.

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 379/2015
Contratación en el Instituto Nacional del Teatro.

Bs. As., 19/06/2015
VISTO el Expediente N381/13 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, los Decretos N 1421
de fecha 8 de agosto de 2002 y N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE
LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de excepción de lo previsto en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, al solo efecto de posibilitar la contratación del señor David JACOBS D.N.I. N 24.352.692, destinado al ámbito del INSTITUTO NACIONAL
DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
CULTURA.
Que el Artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, homologado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el Decreto N1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece la reglamentación de la Ley N25.164 y prevé en su Artículo 9, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/06/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha26/06/2015

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones9395

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/07/2024

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