Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 17 de marzo de 2015
exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I
al Decreto N1421/02.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de septiembre de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N 27.008 - Servicio Administrativo Financiero N 317 de la SECRETARÍA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.

PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1 de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N27.008 - Servicio Administrativo Financiero N317 de la SECRETARÍA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 33/2015
Autorízase contratación.

Artículo 1 Autorízase a la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/11/2013 y hasta el 31/12/2013 al señor Guillermo Osvaldo MONSALVO DNI N26.629.108, en una categoría Nivel B Grado 0, con carácter de excep-

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A. Sellarés.

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 28/2015
Autorízase contratación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Bs. As., 9/3/2015
VISTO el Expediente N 3356/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, su Decreto Reglamentario N1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, los Decretos N2098 del 3 de diciembre de 2008, N491
del 12 de marzo de 2002, N601 del 11 de abril de 2002, N577 del 07 de agosto de 2003 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y
VISTO el Expediente N 14897/13 del Registro de la entonces SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la excepción para las contrataciones de personal, para desempeñarse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo, descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N1421/02.

CONSIDERANDO:

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y del Decreto N 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Que sin perjuicio de que el señor Guillermo Osvaldo MONSALVO no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decreto N2098 de fecha 3
de diciembre de 2008, el citado reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.

Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de septiembre de 2014 y hasta el 31
de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y Da. Constanza María SEGURA D.N.I. N 23.904.277, para desempeñar funciones de Asesora Técnica Experta en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AMBIENTALES de la citada Secretaría, equiparada al Nivel A - Grado 0 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9
del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ción al Punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08.

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto la entonces SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, solicita la excepción para la contratación del señor Guillermo Osvaldo MONSALVO DNI
N26.629.108 en un Nivel B, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Por ello,
4

Bs. As., 11/3/2015

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.091

Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar al señor Guillermo Osvaldo MONSALVO con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.

Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48/02 y sus modificatorias, los Decretos N491 del 12 de marzo de 2002, N601 del 11 de abril de 2002, N577 del 07 de agosto de 2003 y sus modificatorios, las pautas para la aplicación del mismo.
Que las personas de que se trata se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que dichas personas reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa N3/04, modificada por sus similares N1151/06 y N52/09, a los efectos de su equiparación a los niveles establecidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el mencionado Sistema Nacional, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que a fin de posibilitar las contrataciones de las personas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones contenidas en el punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, propone la contratación de las personas de que se trata con la finalidad de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar las labores que se desarrollan para el debido cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta conforme a las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA
SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para contratar a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en las Funciones, Niveles, Grados y períodos indicados en el mismo, con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Alicia M. Kirchner.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/03/2015

Nro. de páginas112

Nro. de ediciones9416

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/08/2024

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