Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 11 de febrero de 2015
ANEXO

Expediente N97.755/13

BOLETIN OFICIAL Nº 33.069

42

N 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N1317 del 14 de agosto de 2014 y registrado bajo el N 1112/14 suscripto entre el entre el SINDICATO OBREROS DE
ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMÁTICOS SANTA FE
y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTAS DEL INTERIOR, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N1317 del 14 de agosto de 2014 y registrado bajo el N 1113/14 suscripto entre el entre el SINDICATO OBREROS DE
ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMÁTICOS SANTA FE
y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTAS DEL INTERIOR, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 5 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N97.755/13
ANEXO I

Buenos Aires, 09 de Diciembre de 2014

Expediente N558.240/14

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST N2375/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 980/14 T. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 2381/2014
Bs. As., 4/12/2014
VISTO el Expediente N558.240/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N1317 del 14 de agosto de 2014, y CONSIDERANDO:
ANEXO II

Que a fojas 13/14 del Expediente N558.240/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS
AUTOMÁTICOS SANTA FE y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTAS DEL INTERIOR, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N345/02, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.

Expediente N558.240/14

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución S.T. N1317/14 y registrado bajo el N1112/14, conforme surge de fojas 27/29 y 32, respectivamente.
Que a fojas 18 del Expediente N 558.240/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS
AUTOMÁTICOS SANTA FE y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTAS DEL INTERIOR, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N345/02, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución S.T. N1317/14 y registrado bajo el N1113/14, conforme surge de fojas 27/29 y 32, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 40/45, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N 628 y N2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Expediente N558.240/14
Buenos Aires, 09 de Diciembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST N2381/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 982/14 T. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 2382/2014

Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Bs. As., 4/12/2014
VISTO el Expediente N 1.511.933/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N2134 del 5 de noviembre de 2014, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/02/2015

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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