Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 30 de diciembre de 2014
distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.
Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el considerando precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N491
del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de septiembre de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente acto será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N26.895.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y del Decreto N577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

BOLETIN OFICIAL Nº 33.039

Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de julio de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Aníbal F. Randazzo.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1145/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Administración.

Bs. As., 19/12/2014
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0039578/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N3 de fecha 21
de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48
de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de junio de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Aimé Yazmín GENTILETTI
D.N.I. N36.088.766 de acuerdo con las previsiones del Decreto N1421 de fecha 8 de agosto de 2002.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de septiembre de 2014 y hasta el 31
de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y D. Gabriel Fernando PORTNOY D.N.I. N 35.255.358, para desempeñar funciones de Responsable Técnico Informático en la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE
GESTION de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008
y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9
del Anexo I del Decreto N1421/02.

Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N 1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, Punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N1421/02.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N 26.895 - Servicio Administrativo Financiero N 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO, de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención dé su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y del Decreto N577
de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de julio de 2014 y hasta el 31
de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Aimé Yazmín GENTILETTI D.N.I. N 36.088.766, para desempeñar funciones de Asistente Administrativa en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la Secretaría, equiparada al Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N 26.895 - Servicio Administrativo Financiero N 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Aníbal F. Randazzo.

6

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1123/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público.

Bs. As., 17/12/2014
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0025873/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N26.895 y los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2345
del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que en la SUBSECRETARIA DE GESTION
Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta indispensable aprobar la contratación del consultor D. Eduardo Alberto NUÑEZ
D.N.I. N 17.157.612, en el marco del Decreto N2345 del 30 de diciembre de 2008
y sus modificatorios, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Subsecretaría.
Que el consultor propuesto reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarlo de lo establecido en el artículo 7 del Anexo I del Decreto N2345/08 y sus modificatorios.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601
del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N 491 del 12
de marzo de 2002, acompañando la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N4 del 15
de marzo de 2002.
Que el consultor de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de junio de 2014, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N26.895.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, a tenor de lo establecido en el Decreto N 577 del 7 de agosto de 2003
y sus modificatorios y en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 7 del Anexo I del Decreto N2345/08 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado a partir del 1 de junio de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato en el marco del Decreto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/12/2014

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9397

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/07/2024

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