Boletín Oficial de la República Argentina del 16/10/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 16 de octubre de 2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución 1140/2014
Bs. As., 9/10/2014

Visto los Expedientes Nros. 322.00.0/12 y 322.01.0/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan el concurso público convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución Nº698-AFSCA/12, complementada y modificada por sus similares Nros. 1072-AFSCA/12 y 1342-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar DOS 2 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de CHOELE CHOEL, provincia de RIO NEGRO.
Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de UNA 1 oferta realizada por el señor Raúl Rodrigo QUEVEDO CONDE, documentada mediante Expediente Nro. 322.01.0/12.
Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución Nº698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por Resolución Nº1040-AFSCA/12, para la adjudicación a personas físicas o de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G Anexo B.
Que el procedimiento contemplado en el artículo 21 del pliego que documenta el Anexo B de la Resolución Nº698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por Resolución Nº1040-AFSCA/12
dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley Nº26.522
y su reglamentación aprobada por Decreto Nº1225/10, con relación a la propuesta de programación.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.990

13

similares Nº493-AFSCA/13 y Nº613-AFSCA/13, con el objeto de adjudicar UNA 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de APOLINARIO SARAVIA, provincia de SALTA.
Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de UNA 1 oferta, realizada por el señor Mariano MARENGO, documentada mediante Expediente Nro. 153.01.0/13.
Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución Nº 491-AFSCA/13, modificada por sus similares Nº 493-AFSCA/13 y Nº 613-AFSCA/13, para la adjudicación a personas físicas o de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G Anexo B.
Que el procedimiento contemplado en el artículo 19 del pliego que documenta el Anexo B
de la Resolución Nº491-AFSCA/13 modificada por su similar Nº613-AFSCA/13, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley Nº26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº1225/10, con relación a la propuesta de programación.
Que las áreas de esta AUTORIDAD FEDERAL, conforme la competencia asignada, han evaluado los aspectos personal, patrimonial y técnico; y la propuesta de programación, practicando un detallado análisis con relación a las condiciones exigidas por la Ley Nº26.522, su reglamentación y por el correspondiente pliego de bases y condiciones para el acceso a las licencias del servicio de que se trata.
Que de las conclusiones arribadas por las áreas intervinientes se desprende que la oferta documentada mediante Expediente Nro. 153.01.0/13 ha merecido observaciones que determinan su inadmisibilidad en los términos del artículo 19 del pliego que rige el proceso de selección.
Que, en efecto, la oferta documentada mediante Expediente Nro. 153.01.0/13 no ha dado cumplimiento con los aspectos personal, cultural y técnico.

Que las áreas de esta AUTORIDAD FEDERAL, conforme la competencia asignada, han evaluado los aspectos personal, patrimonial y técnico; y la propuesta de programación, practicando un detallado análisis con relación a las condiciones exigidas por la Ley Nº26.522, su reglamentación y por el correspondiente pliego de bases y condiciones para el acceso a las licencias del servicio de que se trata.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº26.522 corresponde a esta AUTORIDAD FEDERAL el dictado del acto administrativo por el cual se resuelva el concurso público de que se trata, rechazándose la oferta ocurrente y declarándoselo fracasado.

Que de las conclusiones arribadas por las áreas intervinientes se desprende que la oferta documentada mediante Expediente Nro. 322.01.0/12, ha merecido observaciones que determinan su inadmisibilidad en los términos del artículo 21 del pliego que rige el proceso de selección.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que, en efecto, la oferta documentada mediante Expediente Nro. 322.01.0/12 no ha dado cumplimiento con los requisitos del aspecto personal y no acredita la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley Nº26.522 y su reglamentación, con relación a la propuesta de programación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha emitido el dictamen pertinente.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº26.522 corresponde a esta AUTORIDAD FEDERAL el dictado del acto administrativo por el cual se resuelva el concurso público de que se trata, rechazándose la oferta ocurrente y declarándoselo fracasado.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha emitido el dictamen pertinente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 11 de la Ley Nº26.522.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébanse los actos del concurso público número 322, convocado mediante Resolución Nº698-AFSCA/12 modificada y complementada por sus similares Nros. 1072-AFSCA/12 y 1342-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar DOS 2 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de CHOELE CHOEL, provincia de RIO NEGRO.
ARTICULO 2 Recházase por inadmisible la oferta presentada por el Señor Raúl Rodrigo QUEVEDO CONDE D.N.I. Nº 93.971.186, documentada mediante Expediente Nro. 322.01.0/12, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
ARTICULO 3 Declárase fracasado el concurso referido en el artículo 1 de la presente.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 16/10/2014 Nº78410/14 v. 16/10/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución 1141/2014
Bs. As., 9/10/2014
Visto los Expedientes Nros. 153.00.0/13 y 153.01.0/13, del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan el concurso público convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución Nº491-AFSCA/13, modificada y complementada por sus
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 11 de la Ley Nº26.522.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébanse los actos del concurso público número 153, convocado mediante Resolución Nº 491-AFSCA/13 modificada y complementada por sus similares Nros.
493-AFSCA/13 y 613-AFSCA/13, con el objeto de adjudicar UNA 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de APOLINARIO SARAVIA, provincia de SALTA.
ARTICULO 2 Recházase por inadmisible la oferta presentada por el señor Mariano MARENGO, documentada mediante Expediente Nro. 153.01.0/13.
ARTICULO 3 Declárase fracasado el concurso referido en el artículo 1 de la presente.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 16/10/2014 Nº78411/14 v. 16/10/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución 1142/2014
Bs. As., 9/10/2014
Visto los Expedientes Nros. 350.00.0/12, 350.01.0/12 y 350.02.0/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan el concurso público convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución Nº698-AFSCA/12, complementada y modificada por sus similares Nros. 1072-AFSCA/12 y 1342-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar DOS 2 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de RAWSON, provincia del CHUBUT.
Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de DOS 2 ofertas, realizadas por el Señor José Antonio CASANOVA, documentada mediante Expediente Nro. 350.01.0/12 e INFORMACIONES PATAGONICAS SOCIEDAD ANONIMA, documentada mediante Expediente Nro. 350.02.0/12.
Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución Nº698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por Resolución Nº1040-AFSCA/12, para la adjudicación a personas físicas o de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G Anexo B.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/10/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/10/2014

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9411

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/07/2024

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