Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 13 de agosto de 2014

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.946

Por ello,
52
ANEXO

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

LISTADO DE PERSONAL PARA SUSPENSIONES PROGRAMADAS SEMANA 1
DESDE EL 21/04/2014 AL 25/04/2014

ARTICULO 1 Decláranse homologados el acuerdo, la nómina del personal afectado y el cronograma de suspensiones obrantes a foja 5 y a fojas 6/9, respectivamente, del Expediente Nº 1.621.316/14 suscriptos entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la firma TRICO LATINOAMERICANA SOCIEDAD
ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el acuerdo obrante a foja 5
conjuntamente con la nómina del personal afectado y el cronograma de suspensiones obrantes a fojas 6/9, respectivamente, del Expediente Nº1.621.316/14.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

LISTADO DE PERSONAL PARA SUSPENSIONES PROGRAMADAS SEMANA 2
DESDE EL 28/04/2014 AL 02/05/2014

ARTICULO 5 Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1 de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.621.316/14
Buenos Aires, 23 de Julio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1147/14 se ha tomado razón del acuerdo de fojas 5 y 6/9 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 977/14.
VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de abril de 2014, se reúnen los representantes de Trico Latinoamericana S.A., Sres. Alejandro Brea y Mario Pose, como Apoderados, en adelante Trico, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina S.M.A.T.A., Gustavo Moran, Ricardo Svagell, Pablo Fabris, y los Sres. Delegados de Personal, Juan Guzman, Aníbal Dávalos, Daniel Guardo y Sergio Zalazar; en adelante el SMATA, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones de negociación, ACUERDAN cuanto sigue:

LISTADO DE PERSONAL PARA SUSPENSIONES PROGRAMADAS SEMANA 3
DESDE EL 05/05/2014 AL 09/05/2014

Que Trico manifiesta que se encuentra atravesando una difícil situación por cuestiones coyunturales que oportunamente pusiera en conocimiento del SMATA.
Que en función de lo descripto y con el propósito de minimizar las consecuencias negativas sobre el empleo y buscar soluciones que tiendan a no alterar los puestos y condiciones de trabajo, máxime teniendo presente que se trata de cuestiones transitorias cuya superación se estima próxima a lo que las partes comprometen su mayor esfuerzo, y de tal modo preservar los estándares de calidad y volúmenes de producción comprometidos, se manifiesta que la tal situación requiere una medida transitoria que permita superarla sin afectaciones mayores para los trabajadores y la empresa.
Que ante la situación planteada las partes en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo acuerdan que los días detallados en los Anexos, no se prestarán tareas por parte de los empleados en cada caso detallados; Anexos que firmados por las partes forma parte integrante e indivisible del presente acuerdo, quienes recibirán en los términos ya detallados del art. 223 bis LCT una asignación económica extraordinaria no remunerativa equivalente al 70% setenta por ciento del salario bruto y el importe proporcional del rubro asiduidad que corresponda a los días de trabajo y siempre en la medida que se haga acreedor a ello.

LISTADO DE PERSONAL PARA SUSPENSIONES PROGRAMADAS SEMANA 4
DESDE EL 12/05/2014 AL 16/05/2014

También acuerdan las partes que, si se presentan nuevos programas de trabajo no previstos ni previsibles a la fecha, la empresa podrá convocar al personal detallado en el Anexo a prestar labores efectivas, debiendo para ello cumplir con una antelación mínima de 24 hs., supuesto en el cual no se aplicarán las suspensiones por los días y/o plazos de la convocatoria.
La empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal y el aporte correspondiente al trabajador, con destino al régimen de obras sociales y aportes sindicales, evitando afectar la cobertura médico asistencial en la coyuntura definida.
La presente acta se elevará por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, para su homologación.
No siendo para más, se da por terminada la reunión en la fecha indicada al inicio del presente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/08/2014

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9416

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/08/2024

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