Boletín Oficial de la República Argentina del 12/08/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 12 de agosto de 2014

Expediente Nº1.575.654/13
Buenos Aires, 17 de Julio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1093 14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 498/14 T. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº1188/2014

Bs. As., 25/7/2014
VISTO el Expediente Nº 1.507.641/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 910 del 23 de junio de 2014, y CONSIDERANDO:

BOLETIN OFICIAL Nº 32.945

Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº910 del 23 de junio de 2014
y registrado bajo el Nº829/14, suscripto entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION
DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa CONTINENTAL AIRLINES INC., conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº910 del 23 de junio de 2014
y registrado bajo el Nº830/14, suscripto entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION
DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa CONTINENTAL AIRLINES INC., conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 4 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda el presente legajo.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Que a fojas 28 del Expediente Nº1.507.641/12, obra la escala salarial pactada entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa CONTINENTAL AIRLINES INC., en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº271/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución S.T. Nº910/14 y registrado bajo el Nº829/14, conforme surge de fojas 138/140 y 143, respectivamente.
Que a fojas 3 del Expediente Nº1.570.709/13, agregado como fojas 40 al principal, obra la escala salarial pactada entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION DE ENTES
PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa CONTINENTAL AIRLINES INC., en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº271/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución S.T. Nº910/14 y registrado bajo el Nº830/14, conforme surge de fojas 138/140 y 143, respectivamente.

ANEXO I
Expediente Nº1.507.641/12

PARTES SIGNATARIAS
UNION PERSONAL DE
AERONAVEGACION DE ENTES
PRIVADOS
C/
CONTINENTAL AIRLINES INC.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE

01/04/2012

$8.451,40

$25.354,20

Acuerdo Nº829/14

CCT Nº271/75

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 151/154 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
43

ANEXO II
Expediente Nº1.507.641/12

PARTES SIGNATARIAS
UNION PERSONAL DE
AERONAVEGACION DE ENTES
PRIVADOS
C/
CONTINENTAL AIRLINES INC.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE

01/04/2013

$11.024,10

$33.072,30

Acuerdo Nº830/14
CCT Nº271/75

Expediente Nº1.507.641/12
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Buenos Aires, 28 de Julio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1188/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 519/14 T. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/08/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/08/2014

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9417

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/08/2024

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