Boletín Oficial de la República Argentina del 01/04/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 1 de abril de 2014

Nº1.550.244/13, y el acuerdo obrante a fojas 5/6 y 8 del Expediente Nº1.572.953/13 agregado como foja 80 al Expediente Nº1.550.244/13.
ARTICULO 5 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº548/97 E.
ARTICULO 6 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.550.244/13
Buenos Aires, 20 de Febrero de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº208/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6, 45 y 46 del expediente Nº1.594.408/13, agregado como 96 al expediente principal; del acuerdo obrante a fojas 6/7, 48 y 57 del expediente principal y a fojas 5/6 y 8 del expediente Nº1.572.953/13, agregado como foja 80 al expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 296/14, 297/14 y 298/14 respectivamente. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En General Pacheco, a los 30 días del mes de Septiembre de 2012, se reúnen Miguel Alejandro Vicente en representación de Gefco Argentina S.A., en adelante LA EMPRESA en su calidad de Apoderado, con domicilio en Alicia Moreau de Justo 1930, piso 3, CABA, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina; Gustavo Morán Secretario Gremial, Mario Valor Delegado General de Delegación Escobar; Pajez Pablo Consejo Directivo Nacional, Jerez Juan Domingo y Miranda José Comisión Interna Gefco, en adelante, EL SMATA, con domicilio en la Avda. Belgrano 665 de la Capital Federal, conjuntamente denominadas Las Partes acuerdan:
Primera: A partir del 01-10-2012, los jornales vigentes al 30-09-2012 se incrementarán en un 6%. Se adjuntan como Anexo 1 las nuevas escalas salariales resultantes.
Segunda: Durante el período de vigencia del presente acuerdo 1 de Octubre de 2012 al 31
de Diciembre de 2012, el incremento salarial acordado absorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiere disponer el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria, o por cualquier otra vía, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, aun cuando dicho aumento se disponga sobre las remuneraciones normales, habituales, nominales y/o permanentes o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pago alguno.
Tercera: En virtud del acuerdo alcanzado, el personal comprendido en el respectivo convenio colectivo y la representación gremial reconocen que el mismo constituye una justa composición de intereses vinculada a la retribución de los empleados y se comprometen a no plantear otras demandas de índole económica o monetaria durante la vigencia del mismo.
Cuarta: A fin de consolidar negociaciones paritarias previsibles y sin conflicto, las partes establecen que se reunirán en Diciembre de 2012 para establecer el esquema salarial que regirá a partir del 01 de Enero de 2013.
Quinta: Las partes comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la empresa como de los trabajadores, procurando el cumplimiento de los objetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza contra dichos objetivos.
Sexta: En prueba de conformidad se firman 5 ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su homologación.
ANEXO 1
Vigencia Categoría 1 Inicial 2 Inicial 2 Al año 3 Inicial 3 Al año 4 Inicial 4 Al año
01/10/2012
Sueldo Básico $7.278,78
$7.738,84
$8.054,58
$8.035,07
$8.362,89
$9.115,63
$9.487,54

BOLETIN OFICIAL Nº 32.857

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fojas 1 del expediente de referencia. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que:
acompañan y ratifican íntegramente el de partes arribado en forma directa el día 30 de septiembre de 2012 y acreditado a fojas 5/6, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. Los mismos se realizan en el marco del CCT 248/97 E y alcanza a aproximadamente 300 trabajadores.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación empresaria que en el término de diez 10 días deberá presentar Estatuto, Designación de Autoridades y Clave Unica de Identificación Tributaria CUIT, bajo apercibimiento de darla por no comparecida; y a la representación sindical que el acuerdo, en el mismo plazo, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial. Cumplido ello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº14.250. En este estado y no siendo para más, a las 13:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº1.594.408/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de diciembre de 2013, siendo las 11:05 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic.
Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR SMATA, con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo MORAN DNI 12.349.768, en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado con la Empresa Gefco Argentina SA el día 30 de septiembre de 2012 en el marco del CCT 248/97 E y acreditado a fojas 5/6 del expediente de referencia; solicitando su homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº14.250. En este estado y no siendo para más, a las 11:10 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
ACTA ACUERDO
En General Pacheco, a los 11 días del mes de Diciembre de 2012, se reúnen los representantes de la Empresa Gefco Argentina SA con domicilio en la Avda. Alicia Moreau de Justo 1930, piso 3, oficina 306, CABA, representada en este acto por Miguel Vicente en su carácter de Apoderado, en adelante LA EMPRESA, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina, Sres. Mario Valor Delegado Zona Norte Escobar, Pablo Pages Coordinador de planta, Gustavo Morán Secretario Gremial, Jorge Godino Sub-Secretario Gremial, Jerez Juan Domingo Delegado Gefco y Miranda José Delegado Gefco, en adelante, EL SMATA, con domicilio en la Avda. Belgrano 665 de la Capital Federal, conjuntamente denominadas Las Partes acuerdan:
Primera: A partir del 01-01-2013, los jornales vigentes al 31-12-2012 se incrementarán en un 8%. Se adjuntan como Anexo 1 las nuevas escalas salariales resultantes.
Segunda: Durante el período de vigencia del presente acuerdo 1 de Enero al 31 de Marzo de 2013, el incremento salarial acordado absorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiere disponer el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria, o por cualquier otra vía, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, aun cuando dicho aumento se disponga sobre las remuneraciones normales, habituales, nominales y/o permanentes o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pago alguno.
Tercera: En virtud del acuerdo alcanzado, el personal comprendido en el respectivo convenio colectivo y la representación gremial reconocen que el mismo constituye una justa composición de intereses vinculada a la retribución de los empleados y se comprometen a no plantear otras demandas de índole económica o monetaria durante la vigencia del mismo.
Cuarta: A fin de consolidar negociaciones paritarias previsibles y sin conflicto, las partes establecen que se reunirán en Abril de 2013 para establecer el esquema salarial que regirá a partir del 01 de Abril de 2013.
Quinta: Las partes comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la empresa como de los trabajadores, procurando el cumplimiento de los objetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza contra dichos objetivos.
Sexta: En prueba de conformidad se firman 5 ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su homologación.
ANEXO I

Expediente Nº1.594.408/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de diciembre de 2013, siendo las 13:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA;
en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
SMATA, con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Pablo Gabriel PAGEZ DNI 22.275.925 y Mario Víctor VALOR DNI 25.084.489, miembros del CDN, el Sr.
Juan Domingo JEREZ DNI 23.862.700, colaborador gremial, acompañados por el Sr. José Ramón MIRANDA DNI 17.257.208, miembro de la Comisión Interna; y en representación de la EMPRESA
GEFCO ARGENTINA SA, con domicilio constituido en Alicia Moreau de Justo 1930, Piso 3, Oficina 306, CABA, el Sr. Miguel Alejandro VICENTE DNI 22.022.539, en calidad de apoderado, condición que acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación formulada por el SMATA, obrante a
VIGENCIA
Categoría 1 Inicial 2 Inicial 2 al año 3 Inicial 3 al año 4 Inicial 4 al año
1/1/2013
Sueldo Básico $7.861,08
$8.357,95
$8.698,95
$8.677,88
$9.031,92
$9.844,88
$10.246,54

Expediente Nº1.550.244/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de marzo de 2013, siendo las 15:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA;
en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
SMATA, con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Pa-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/04/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha01/04/2014

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9418

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/08/2024

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