Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 27 de noviembre de 2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.773

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

17

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición Nº265/2013
Asunto: Designación de Agente Notificadora Art. 100, inc. e Ley Nº11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones, en jurisdicción de la Dirección Regional Río Gallegos.
Bs. As., 19/11/2013
VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº15781-10-2013/1 del registro de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y FORMOSA, 11 Noviembre de 2013
No alcanzan los beneficios previsto por Arts. 930/932 C.A.
QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP - DGA - Aduana de Formosa.
e. 27/11/2013 Nº96106/13 v. 27/11/2013

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO la Dirección Regional Río Gallegos solicita la designación de una nueva agente notificadora en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas de sus áreas dependientes.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.
Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.
Que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4 y 6 del Decreto Nº618 del 10 de Julio de 1997 y por las Disposiciones Nros. 571/06 AFIP del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12
AFIP del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
DIVISION ADUANA DE FORMOSA

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:

PLANILLA DE EDICTO
Se cita a las personas que se detallan a continuación, a que en el perentorio plazo de diez 10 días hábiles comparezcan en los respectivos Sumarios Contenciosos a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por infracción a los Arts. 947-985-986-987 del C.A. Ley 22.415, según el encuadre dado, vencido dicho plazo se declarará su Rebeldía. Además deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana Art. 1001 C.A., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en sede de esta División Art. 1004 C.A.. Al mismo tiempo, de optar por acogerse a los beneficios establecidos por los Arts. 930/932 del Código Aduanero, deberá proceder en el término fijado precedentemente, al pago del monto mínimo de la multa, cuyo importe figura en la planilla abajo detallada. Asimismo y teniendo en cuenta que la permanencia en depósito de las mercaderías secuestradas en autos implica peligro para su conservación, se hace saber a los interesados que se detallan en planilla, que esta División procederá en un plazo de diez 10 días de notificado, a dar una destinación permitida conforme las reglamentaciones vigentes para el descongestionamiento de los depósitos aduaneros Arts. 439 o 448 C.A.. Firmado: MARTINEZ ADOLFO CESAR - JEFE
DIVISION ADUANA DF FORMOSA.

ARTICULO 1 Desígnase como Agente Notificadora para que actúe conforme a la Ley Nº11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, en jurisdicción de la Dirección Regional Río Gallegos, a la agente Claudia Patricia GANDOLFO Legajo Nº30.784/44 - D.N.I. Nº14.790.764.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cont. Púb. ANGEL R. TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva, AFIP.
e. 27/11/2013 Nº96361/13 v. 27/11/2013

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
Resolución Nº291/2013
Bs. As., 7/6/2013
VISTO el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 23.302, el Decreto Nº155 del 2 de Febrero de 1989, la Resolución de la EX-SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Nº4811/96, la Resolución INAI Nº96/2013 y el expediente NºE-INAI-50118-2012 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, y CONSIDERANDO:
Que la COMUNIDAD MAPUCHE FENTREN PEÑI, perteneciente al Pueblo MAPUCHE, asentada en los Parajes Mina de Indio y Colonia Pastoril Cushamen, Departamento Cushamen, Provincia del Chubut, ha solicitado la inscripción de su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.
Que a tal efecto acompaña, además de la nota de solicitud, el nombre y ubicación geográfica de la comunidad, la reseña que acredita su origen étnico-cultural e histórico, la descripción de las pautas de organización de la comunidad y de los mecanismos de designación y remoción de sus autoridades, la nómina de sus integrantes y los mecanismos de integración y exclusión de sus miembros.
Que del análisis de la documentación acompañada surge que se encuentran cumplidos los recaudos señalados por la Ley Nº23.302, su Decreto Reglamentario Nº155/89, la Resolución INAI Nº96/2013
y el artículo 2 de la Resolución de la EX-SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Nº4811/96.
Que el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, así como la personería jurídica de sus comunidades.
Que teniendo en cuenta el reconocimiento de la personalidad jurídica de las comunidades indígenas argentinas en nuestra Carta Magna, y lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº23.302, procede la inscripción de la personería jurídica presentada.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS ha evaluado favorablemente la solicitud de inscripción de la personería jurídica presentada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

FORMOSA, 11 Noviembre de 2013
No alcanzan los beneficios previsto por Arts. 930/932 C.A.
QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP - DGA - Aduana de Formosa.
e. 27/11/2013 Nº96108/13 v. 27/11/2013

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerio y las normas modificatorias y complementarias, Ley Nº23.302 y su Decreto Reglamentario Nº155/89, Decreto Nº357/02 y modificatorios, Decreto Nº120 de fecha 10
de Diciembre de 2011 y Resolución MDS Nº574/10.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Inscríbase la personería jurídica de la COMUNIDAD MAPUCHE FENTREN
PEÑI, perteneciente al Pueblo MAPUCHE, asentada en los Parajes Mina de Indio y Colonia Pas-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/11/2013

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9390

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/07/2024

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