Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 13 de febrero de 2013

Primera Sección
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9 del Decreto Nº2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº25.845.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, de las creaciones fitogenéticas de soja DALIA
620 y DALIA 780, solicitada por la empresa AGRISEED S.A.
ARTICULO 2 Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3.
ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 13/02/2013 Nº6936/13 v. 13/02/2013

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las disposiciones Nros. 2187/12, 2186/12, 1820/12, 1724/12, 1837/12, 402/12, 1818/12, 2189/12, 2181/12, 2183/12, 2184/12 y 1745/12; se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1 inciso e apartado Nº8 de la Ley Nº19.549
y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: MUTUAL DE PROPIETARIOS DE CAMIONES Y UTILITARIOS, Matrícula CF 2521; PRESTAR COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA, Matrícula 22.404; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE CHACO, Matrícula Chaco 107, MUTUAL LA PIEDAD DE EMPLEADOS Y OBREROS DE EMPRESAS FUNEBRES, Matrícula TUC
398; ASOCIACION MUTUAL DARDO ROCHA ALPES DEL SUR, Matrícula CF 2569; ASOCIACION
MUTUAL DE PROPIETARIOS DE AUTOS REMISES, Matrícula BA 2533, COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCIONES GENERALES LIMITADA, Matrícula 20.181; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO AVENIDA RIVADAVIA LIMITADA, Matrícula 20.772, COOPERATIVA DE
VIVIENDA CENTENARIO URUGUAYO LIMITADA, Matrícula 37.245; COOPERATIVA DE CREDITO
ARCOIRIS CRED LIMITADA, Matrícula 23.355, ARGENCREDITO COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA Y CONSUMO LIMITADA, Matrícula 33.731; ASOCIACION MUTUAL NORTE BENEFICIOS, Matrícula SE 132 en los expedientes por los que se tramitan sus respectivos sumarios y por su orden se indican: Exptes. Nº663/11, 5893/12, 5044/04, 662/11, 6158/09, 2153/08, 1680/10, 5777/12, 2120/11, 5831/12, 5943/12, 733/09.
De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ 10 días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº1759/72. El presente deberá publicarse por TRES
3 DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O. 1991. Dra. MELINA GUASSARDO, Instructora Sumariante, INAES.
e. 13/02/2013 Nº6783/13 v. 15/02/2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.580

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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656, Capital Federal, notifica que por medio de las providencias Nº15/13, 16/13, 17/13 se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1 inciso e apartado Nº8 de la Ley Nº19549/72 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: ASOCIACION MUTUAL SOLIDARIDAD VECINAL Mat. CF 1543, Expte: 1711/05, ASOCIACION MUTUAL DE
CORREDORES Y SUPERVISORES SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL VIUDA DE
CANALE E HIJOS Mat. CF 405, Expte: 1415/05, ASOCIACION MUTUAL GENERACION 2000 Mat.
CF 921, Expte: 1394/05. De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ 10 días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº1759/7 EL presente edicto se deberá publicar por TRES DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O. 1991. Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 13/02/2013 Nº6785/13 v. 15/02/2013

COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA
Resolución Nº6/2013
Bs. As., 5/2/2013
VISTO:
1.- Las evaluaciones realizadas por ambas delegaciones en cuanto al estado de situación del costo del peaje en el canal Martín García.
2.- La evolución de los costos involucrados en las tareas de mantenimiento, dragado, señalización y administración del canal Martín García.
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar el valor del peaje, ajustándolo a las condiciones actuales.
Por ello, LA COMISION ADMINISTRADORA
DEL RIO DE LA PLATA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Aumentar a partir del 1 de marzo del año en curso la tarifa del peaje actualmente vigente para la navegación del Canal Martín García elevándola a 2,25 dólares estadounidenses por Tonelada de Registro Neto.
ARTICULO 2 Instruir a las Secretarías Administrativa y Técnica para que realicen la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay, así como en dos diarios de circulación nacional de cada uno de los Estados de las nuevas tarifas que deberán pagar los usuarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4.3 del REMAGA.
ARTICULO 3 Comuníquese y archívese. Embajador GONZALO KONCKE, a/c Presidente, Comisión Administradora del Río de la Plata. Consejero JAVIER E. BINAGHI, a/c Vicepresidente, Comisión Administradora del Río de la Plata. C/N R RUBÉN O. TORRES, Secretario Administrativo, Comisión Administradora del Río de la Plata.
e. 13/02/2013 Nº7486/13 v. 13/02/2013

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/02/2013

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/08/2024

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