Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 10 de diciembre de 2012

Primera Sección
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA
NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS REGULACION Y FISCALIZACION, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y
SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISION TECNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISION ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial Nº450 de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Unico de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº29 de 2010 se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISION TECNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISION
ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que conforme lo establecido en el artículo 3º de la Disposición Subsecretarial Nº29 de 2010
serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentran reconocidas en la Resolución Nº908 del 2012.
Que la especialidad médica CIRUGIA GENERAL está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION RM. 908/2012.
Que mediante Disposición Nº15 de fecha 19 de marzo de 2009, de la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION la ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial Nº1342 de fecha 10 de Octubre de 2007.
Que la ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA ha realizado la evaluación conjunta de la residencia de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL REGIONAL DR. RAMON CARRILLO PROVINCIA DE
SANTIAGO DEL ESTERO, utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y han informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de DOS 2 años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría C.
Que la COMISION ASESORA DE EVALUACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL REGIONAL DR. RAMON CARRILLO PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
DISPONE:
ARTICULO 1º Acredítase la Residencia médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL REGIONAL DR. RAMON CARRILLO PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, en la Categoría C
por un período de 2 años DOS AÑOS a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA y la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.
ARTICULO 2º La residencia médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL REGIONAL DR.
RAMON CARRILLO PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, de acuerdo con las recomendaciones que surgen de la evaluación y del Informe Técnico, deberá:
a Adecuar la formulación del programa de residencias incorporando objetivos a alcanzar, actividades a realizar y contenidos a aprender por año o nivel de formación.
b Incorporar al programa contenidos considerados transversales a otras residencias.
c Promover la formación pedagógica de los formadores.
d Explicitar en el programa y cumplir en el desarrollo del mismo con un cronograma de rotaciones bien establecido para adquirir competencias vinculadas a cirugía de alta complejidad y técnicas mini invasivas.
e Adecuar la cantidad de guardias a los estándares nacionales y tender a una distribución uniforme de las mismas a lo largo de la residencia.
f Implementar el descanso postguardia.
g Promover la implementación del registro de prácticas y procedimientos.
h Impulsar medidas destinadas a mejorar el cumplimiento de las actividades de formación teórica y a aumentar la participación de los residentes en actividades de formación e investigación.
ARTICULO 3 La Residencia Médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL REGIONAL DR.
RAMON CARRILLO PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, deberá anualmente informar a la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.539

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ARTICULO 4º La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial Nº450 de fecha 7 de abril de 2006.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Dr. ANDRES J. LEIBOVICH, Subsecretario, Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 10/12/2012 Nº121971/12 v. 10/12/2012

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones N os: 7014, 7015, 7016, 7017, 7018/12-INAES, se ha resuelto RETIRAR la autorización para funcionar a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS
DE ESTACIONES DE SERVICIOS Y ANEXOS SAN JUAN m. 56, ASOCIACION MUTUAL DE
TARANTO SAN JUAN m. 99, SOCIEDAD MUTUAL DE GUARDAS DEL FERROCARRIL GENERAL BELGRANO m. 1005, MUTUAL DEL PERSONAL DE BODEGAS ESMERALDA SOCIEDAD
ANONIMA SUCURSAL SAN JUAN m. 37, MUTUAL CATALANA GERMANOR m. 6, las cuales poseen domicilio legal en la Provincia de San Juan. Por Resoluciones Nos: 7019, 7020, 7021, 7022, 7023, 7024, 7025/12-INAES a la entidad APRISA ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD
ASOCIACION MUTUAL m. 358, ASOCIACION MUTUAL BARRIO LOS CARRIZALES m. 338, MUTUAL MENDO-TAXI m. 323, ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS Y EX EMPLEADOS
MERCANTILES AMEM m. 269, ASOCIACION MUTUAL EL COM DEL PERSONAL DE LA
DIRECCION NACIONAL DE RECAUDACION PREVISIONAL m. 208, ASOCIACION MUTUAL
PARA LA PROVISION DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA-MEDIMEN m. 365, y a la ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS DE PETROQUIMICA CUYO A.M.E.P m. 313; las mencionadas poseen domicilio legal en la Provincia de Mendoza. Por Resoluciones N os: 7026, 7027, 7028, 7029, 7030, 7031, 7032, 7033, 7034/12-INAES a la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE CANALS m. 119, ASOCIACION MUTUAL SOCIAL DEL CLUB JUVENTUD UNIDA MINA CLAVERO m. 663, CLUB SOCIAL Y MUTUALISTA L.V 2 RADIO CENTRAL
m. 1018, ASOCIACION MUTUAL EVITA DE LOS EMPLEADOS DE AGUAS CORDOBESAS
m. 790, LUTGARDIS RIVEROS SOCIEDAD MUTUAL Y DEPORTIVA m. 661, ASOCIACION
MUTUAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MARCOS JUAREZ m. 625, FORTALEZA CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS FERROVIARIOS DE JESUS MARIA m. 1037, ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES DE CORDOBA
m. 495, Y A LA ASOCIACION MUTUAL DEL GUARDIA DE SEGURIDAD PRIVADA m. 725, todas ellas con domicilio legal en la Provincia de Córdoba. Por Resoluciones Nos: 7035, 7036, 7037, 7038, 7039, 7040, 7041, 7042/12-INAES a las siguientes entidades: SIMA ASOCIACION
MUTUAL m. 1537, LA MUTUAL ASOCIACION ESPAÑOLA CULTURAL Y DEPORTIVA m.
40, ASOCIACION MUTUAL DE AFILIADOS A LA ASOCIACION BANCARIA S.E.G m. 794, MUTUAL PERSONAL TRANSPORTE LINEA MITRE ROSARIO m. 1184, ASOCIACION MUTUAL ESTIBADORES PORTUARIOS m. 1473, ASOCIACION MUTUAL DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS JUAN DE GARAY m. 1543, ASOCIACION MUTUAL CLUB ATLETICO PIAMONTE m. 839, ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA ENTRE SOCIOS Y ADHERENTES
DEL CLUB SAN LORENZO DE TOSTADO m. 867, las cuales poseen su domicilio legal en la Provincia de Santa Fe. Por Resoluciones Nos: 7043, 7044, y 7045, a la MUTUAL PERSONAL
DEL SANATORIO ASOCIACION OBRAS SOCIALES-A.D.O.S-TUCUMAN m. 177, MUTUAL
DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA CITRICOLA DE TUCUMAN m. 274, ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DEL BANCO CREDICOOP m. 184, las mencionadas con domicilio legal en la Provincia de Tucumán. Por Resoluciones N os: 7046 y 7047/12-INAES a la MUTUAL
DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA m. 79, y a la ASOCIACION MUTUAL MUTRATEX TRELEW m. 38, ambas con domicilio legal en la Provincia del Chubut. Por Resoluciones Nos: 7048 y 7049/12-INAES a la ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS m. 3, y a la ASOCIACION MUTUAL DE
CONDUCTORES DE TAXIS A.MU.CON.TA m. 63, ambas con domicilio legal en la Provincia de La Rioja. Por Resoluciones Nos: 7050 y 7051/12-INAES a la MUTUAL DEL PERSONAL DE
PRODUNOA S.A m. 149 y a la ASOCIACION MUTUAL DE EDUCADORES Y TRABAJADORES
DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO m. 131, las mismas poseen domicilio legal en la Provincia de Santiago del Estero. Por Resoluciones N os: 7052, 7053, 7054, 7055, 7056, 7057, 7058, 7059, 7060, 7134/12-INAES a la MUTUAL PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO
PENITENCIARIO PROVINCIAL m. 62, que posee domicilio legal en la Provincia de Catamarca, a la ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DE LA CIUDAD DE SALADAS m. 73, con domicilio legal en la Provincia de Corrientes; a la ASOCIACION MUTUAL HERNANDEZ
ENTRE RIOS m. 252, con domicilio en la Provincia de Entre Ríos, a la ASOCIACION MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE FORMOSA m. 66, con domicilio legal en la Provincia de Formosa, a la MUTUAL DEL DISCAPACITADO RENACER m. 64 con domicilio legal en la Provincia de Río Negro, a la ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS
MUTUOS DE PUERTO DESEADO m. 2, con domicilio legal en la Provincia de Santa Cruz, a la ASOCIACION MUTUAL FONDO DE AYUDA MUTUA m. 81, con domicilio legal en la Provincia de Salta, a la MUTUAL AFILIADOS A LA UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR DE NEUQUEN
MAUTAN m. 73, con domicilio legal en la Provincia del Neuquén; a la ASOCIACION MUTUAL
EMPLEADOS COMERCIO RIO GRANDE m. 16, con domicilio legal en la Provincia de Tierra del Fuego; y a la COOPERATIVA AGROPECUARIA, DE CONSUMO Y DE VIVIENDA 17 DE
JULIO LIMITADA m. 28015, con domicilio legal en la Provincia del Chaco. Y por Resolución Nº 7061/12-INAES se ha dispuesto el RETIRO Y LA CANCELACION a la ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE ACINDAR FIGHIERA m. 610, con domicilio legal en la Provincia de Santa Fe. Contra la medida dispuesta son oponibles los Recursos de: REVISION Art. 22 inc.
a 10 días y Art. 22 incs. b c y d 30 días Ley Nº19.549. RECONSIDERACION Art.
84, Dto. Nº 1.759/72 t.o 1.991 10 días. JERARQUICO Art. 89, Dto. Nº 1.759/72 t.o 1.991 15 días Y ACLARATORIA Art. 102, Dto. Nº1.759/72 t.o. 1.991 5 días. Quedan debidamente notificadas Art. 42, Dto. Nº1.759/72, t.o. 1.991. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
e. 10/12/2012 Nº122087/12 v. 12/12/2012

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones Nos: 6983, 6984, 6985, 6986, 6987, 6988, 6989, 6990, 6991, 6992, 6993, 6994, 6995, 6996, 6997, 6998, 6999, 7000, 7001, 7002, 7003/12-INAES, ha resuelto RETIRAR la autorización para funcionar a las siguientes entidades: ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE PIGE m. 206, SOCIEDAD FRANCESA DE SOCORROS MUTUOS DE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/12/2012

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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