Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 20 de julio de 2012

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº36.948 DEL 13 JUL. 2012

VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1 Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº57.072.
ARTICULO 2 Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Jorge Miguel FERRIE matrícula Nº6333, hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.
ARTICULO 3 La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.
ARTICULO 4 Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en CORRIENTES Nº3525 C. P. 2000 - ROSARIO - SANTA
FE, y publíquese en el Boletín Oficial. Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 20/07/2012 Nº77578/12 v. 20/07/2012

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
Disposición Nº189/2012

Bs. As., 12/7/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0419819/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº319, de fecha 14 de mayo de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establece la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información suministrada en la etiqueta y ficha respectivas, correspondientes a los aparatos eléctricos de uso doméstico que se enumeran en el artículo 2 de la citada Resolución y que se comercializan en el país, en lo referente al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.
Que la Disposición Nº761, de fecha 17 de noviembre de 2010, de esta Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, estableció las modalidades y fechas de entrada en vigencia de las etapas referidas a la obligación de obtener la certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondiente, sobre los productos eléctricos definidos como lavarropas eléctricos.
Que es intención de la autoridad de aplicación buscar las formas adecuadas y eficientes para encauzar la aplicación de la reglamentación técnica contemplada en la disposición antes mencionada, teniendo en cuenta su real y efectiva posibilidad de implementación.
Que resulta conveniente contar con una adecuada oferta de Organismos de Certificación, necesarios para el desarrollo de la operatoria de un régimen de certificación obligatoria, adecuando nuevos plazos que posibiliten este objetivo.
Que según lo establecido por la Disposición DNCI Nº761/2010, TV RHEINLAND ARGENTINA
S.A. se encuentra reconocido como Organismo de Certificación para actuar en el Régimen de Certificación Obligatoria y Etiquetado de Eficiencia Energética para productos eléctricos definidos como lámparas eléctricas para iluminación general mediante la Disposición Nº954 y como aire acondicionado mediante la Disposición Nº953/08, ambas de esta Dirección Nacional de Comercio Interior y ambas de fecha 30 de diciembre de 2008.
Que para la obtención del respectivo reconocimiento, según lo prescripto por el artículo 2 de la Disposición DNCI Nº761/2010, TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. debía cumplimentar lo establecido en los incisos a y e del artículo 2 de la Resolución Nº431 de fecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el considerando anterior, habiendo sido evaluada la misma favorablemente por esta Dirección Nacional de Comercio Interior.
Que a los efectos de validar definitivamente un eventual reconocimiento, TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. deberá ser objeto, antes de la finalización de la vigencia del reconocimiento concedido, de un proceso de evaluación de mantenimiento de reconocimiento a cargo de la autoridad de aplicación, con intervención del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación, establecido por las Resoluciones Nº123, de fecha 3 de marzo de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y Nº431/1999, en el que se analice el cumplimiento de la norma IRAM 352:1998 ISO 65:1996 y del inciso c del artículo 2 de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº431/99.
Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior ha tomado la intervención que le compete.

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Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por los artículos 1 y 2 de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº123/99 y 6 de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº431/99, y el anexo I al artículo 1 del Decreto Nº2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, y Nº1278 de fecha 14 de septiembre de 2010.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR
DISPONE:

EXPEDIENTE Nº 57.072 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. JORGE MIGUEL FERRIE MATRICULA Nº6333 A LAS LEYES Nº20.091 Y Nº22.400.
SINTESIS:

BOLETIN OFICIAL Nº 32.442

ARTICULO 1 Proceder al otorgamiento del reconocimiento a TV RHEINLAND ARGENTINA
S.A. como Organismo de Certificación para la aplicación de la Disposición Nº761, de fecha 17 de noviembre de 2010, de esta Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS atinente a la obligación de obtener la certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondiente, sobre los productos eléctricos definidos como lavarropas eléctricos, hasta el 31
de diciembre de 2013, ampliando el plazo originalmente establecido en la citada Disposición, habida cuenta que cumple con las siguientes condiciones:
Contar con la autorización para actuar en el ámbito de la Resolución Nº319, de fecha 14 de mayo de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en lo atinente a los productos eléctricos identificados como lámparas eléctricas para iluminación general mediante la Disposición Nº954 de fecha 30 de diciembre de 2008 y como aire acondicionado mediante la Disposición Nº953 de fecha 30 de diciembre de 2008, ambas de esta Dirección Nacional.
Haber presentado la documentación correspondiente a los incisos a y e del artículo 2 de la Resolución Nº431, de fecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTICULO 2 Ampliar el plazo originalmente establecido en el artículo 2 de la Disposición Nº761/2010 hasta la fecha indicada en el artículo anterior, de tal manera que en el segundo semestre del año 2013 se proceda a la evaluación del mantenimiento del reconocimiento mencionado en el artículo 1 de la presente Disposición, a cargo de la Autoridad de Aplicación, con intervención del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación, establecido por las Resoluciones Nº123, de fecha 3 de marzo de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y ex S.I.C. y M. Nº431/1999, en el que se analice el cumplimiento de la norma IRAM 352:1998 ISO 65:1996 y del inciso c del artículo 2 de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº431/99.
ARTICULO 3 La presente Disposición comenzará a regir el día siguiente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4 Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Prof. FERNANDO A. CARRO, Director Nacional de Comercio Interior.
e. 20/07/2012 Nº77836/12 v. 20/07/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición Nº179/2012
S/finalización de funciones y designación de Jefatura Interina en jurisdicción del Departamento Contencioso Judicial de la Dirección de Contencioso.
Bs. As., 10/7/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº15661-222-2012, y CONSIDERANDO:
Que por la misma, el Abogado Sergio Daniel CERDAN solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Jefe Interino de la División Letrada C del Departamento Contencioso Judicial de la Dirección de Contencioso.
Que por lo expuesto, el mencionado Departamento accede a lo solicitado y gestiona designar en idéntico carácter y cargo al Abogado José María VARAONA.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de la excepción de lo dispuesto en los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2004, otorgada mediante Decreto Nº1322 de fecha 26 de octubre de 2005.
Que se cuenta con la conformidad de la Dirección de Contencioso, de la Subdirección General de Técnico Legal Impositiva y de la Dirección General Impositiva.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº487/07 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas, a su pedido, las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Abogado Sergio Daniel CERDAN Legajo Nº39.555/99 en el carácter de Jefe Interino de la División Letrada C del Departamento Contencioso Judicial de la Dirección de Contencioso.
ARTICULO 2 Designar al Abogado José María VARAONA Legajo Nº41.987/12 en el carácter de Jefe Interino de la División Letrada C del Departamento Contencioso Judicial de la Dirección de Contencioso.
ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése conocimiento a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 1322
de fecha 26 de octubre de 2005 y a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. BEATRIZ SCARPADO, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 20/07/2012 Nº77659/12 v. 20/07/2012

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha20/07/2012

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9413

Primera edición02/01/1989

Ultima edición31/07/2024

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