Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 11 de abril de 2012
CONSIDERANDO:

RESOLUCIONES

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 33/2012
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Complejo Cristiano Remanente Santo.
Bs. As., 19/3/2012
VISTO el Expediente Nº55.114/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que la organización denominada COMPLEJO
CRISTIANO REMANENTE SANTO solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.

Que la organización denominada IGLESIA
DEL CRISTO VIVO solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745
y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 40/41 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Por ello,
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745
y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 36/37 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4575 a la organización denominada COMPLEJO CRISTIANO REMANENTE SANTO, con sede central en la calle Juan Manuel de Rosas Nº19.942, localidad de Virrey del Pino, ciudad de Ramos Mejía, partido de La Matanza, Provincia de BUENOS AIRES.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Gustavo Reynaldo FERRO D.N.I. Nº20.736.583 en su carácter de Presidente, bajo el Nº9369 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 34/2012
lnscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia del Cristo Vivo.
Bs. As., 19/3/2012
VISTO el Expediente Nº60.050/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº21.745, y
EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4578 a la organización denominada IGLESIA DEL CRISTO VIVO, con sede central en la calle Boulevard Hipólito Yrigoyen Nº915, ciudad de Reconquista, provincia de SANTA FE.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. José María MORAGUES D.N.I. Nº 21.816.227 en su carácter de Presidente, bajo el Nº9372 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 35/2012
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Ministerio Evangelístico Edificadores del Reino.
Bs. As., 19/3/2012
VISTO el Expediente Nº61.241/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que la organización denominada MINISTERIO EVANGELISTICO EDIFICADORES DEL
REINO solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745
y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.375

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 48/49 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4579 a la organización denominada MINISTERIO EVANGELISTICO
EDIFICADORES DEL REINO con sede central en la calle Japón Nº2841, ciudad de Grand Bourg, partido de Malvinas Argentinas, provincia de BUENOS AIRES.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Alfredo Emilio PROVENZANO D.N.I. Nº18.571.446
en su carácter de Presidente, bajo el Nº9373 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 36/2012
lnscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Jehová Es Mi Roca.
Bs. As., 19/3/2012
VISTO el Expediente Nº 29.462/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que la organización denominada JEHOVA
ES MI ROCA solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 100 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

6

Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4583 a la organización denominada JEHOVA ES MI ROCA, con sede central en la calle Molinedo Nº 4488, localidad de Virrey del Pino, partido de La Matanza, provincia de BUENOS AIRES.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Ernesto Armando LACUBE D.N.I. Nº16.591.360
en su carácter de Presidente, bajo el Nº9377 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 37/2012
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Mensajeros de Esperanza.
Bs. As., 19/3/2012
VISTO el Expediente Nº31.094/2008 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que la organización denominada IGLESIA
MENSAJEROS DE ESPERANZA solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745
y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 102 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4582 a la organización denominada IGLESIA MENSAJEROS DE ESPERANZA, con sede central en la calle Laprida Nº1239, localidad de Ezeiza, partido de Ezeiza, provincia de BUENOS AIRES.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Ignacio Alejo ACUÑA L.E. Nº7.682.819 en su carácter de Presidente, bajo el Nº9376 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/04/2012

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9419

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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