Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2012 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 25 de enero de 2012

4 Envío de copia: traslado de la copia al Festival, siempre que éste conste en el Anexo I de esta Resolución y el tránsito de la misma se inicie desde la República Argentina.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.325
FESTIVALES DECLARADOS DE INTERES Y SU TIPO
TIPO 2
TIPO 3

TIPO 1

Biarritz
5 Beneficiario: El/La Productor/a de la película nacional que solicita y reciba conforme con los términos de esta Resolución los aportes que en ella se establecen.

Clermont-Ferrand Annecy
ARTICULO 2º Los aportes que otorgue el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la concurrencia de películas nacionales a Festivales Internacionales de cine se determinarán atendiendo al Tipo de Festival y al Nivel de Participación del Largometraje, conforme con esta Resolución.

Lyon Visions du Réel Miami Intl.
Morelia Cartagena
Los aportes quedan sujetos en su otorgamiento, a las políticas que fije la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, criterio de discrecionalidad y disponibilidades presupuestarias; no otorgando su denegatoria derecho alguno a favor del solicitante.
ARTICULO 3º Los montos de los aportes máximos que destina el INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la asistencia a los Festivales Internacionales se fijan en el ANEXO II.
ARTICULO 4º Los aportes deben ser utilizados, en forma taxativa, para solventar los gastos de subtitulado de copia, pasajes aéreos para el productor, director, actor y/o actriz protagónico/a y/o agente de ventas internacionales residente en la Argentina y designado por empresa radicada en la Argentina. En ningún caso podrán ser afectados y en consecuencia no se los reconocerá a los efectos de la rendición de cuentas, si fuesen aplicados a gastos de hoteles, comidas y viáticos.

25

ANEXO II - RESOLUCION Nº151
FESTIVAL/ TIPO
TIPO 1
TIPO 1
TIPO 1
TIPO 2
TIPO 2
TIPO 3
TIPO 3

PARTICIPACION DE LA PELICULA
EN COMPETENCIA OFICIAL
EN SECCION COMPETITIVA PARALELA
EN SECCION NO COMPETITIVA
EN COMPETENCIA OFICIAL
EN SECCION COMPETITIVA PARALELA
EN COMPETENCIA OFICIAL
EN SECCION COMPETITIVA PARALELA

Las erogaciones para el Envío de Copia son a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES.

MONTO DEL APORTE EN PESOS
HASTA $50.000
HASTA $25.000
HASTA $8.000
HASTA $25.000
HASTA $10.000
HASTA $10.000
HASTA $4.000

e. 25/01/2012 Nº7290/12 v. 25/01/2012

ARTICULO 5º Quien solicite estos aportes debe acreditar:

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

1 Que la película sea nacional;
2 Que tratándose de una coproducción minoritaria, la participación argentina no sea inferior en ningún caso al CUARENTA POR CIENTO 40%, acordándose en los casos en que se superase ese porcentual, aportes proporcionales al porcentaje de participación argentina los que son calculados sobre el tope máximo previsto en el ANEXO II de esta Resolución.
3 Que tratándose de una coproducción internacional, la misma haya sido reconocida por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
4 La invitación oficial del Festival Internacional emitido por las autoridades del mismo, en el que deberá constar las condiciones y características de su participación.
5 La autorización a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para que éste pueda utilizar la película nacional en exhibiciones promocionales y de difusión de Muestras y Festivales que auspicie u organice el Instituto. Para el caso de que el aporte sea destinado a la realización de la copia subtitulada, el Beneficiario deberá ceder la propiedad de la misma a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTICULO 6º La película participante y beneficiada por estos aportes debe contener en los créditos de apertura y en un lugar destacado los logos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES INCAA y CINE ARGENTINO CA. La ausencia de cualquiera de ellos libera al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES del cumplimiento de los aportes indicados en esta Resolución.
ARTICULO 7º El Beneficiario podrá acceder:
1 Hasta un máximo de TRES 3 Ayudas anuales previstas en esta Resolución.
2 Cada película podrá acceder hasta un máximo de DOS 2 ayudas a Festivales Internacionales.
ARTICULO 8º El Beneficiario deberá rendir cuentas debidamente documentada de los aportes que hubiese recibido dentro de los TREINTA 30 días corridos contados desde la finalización del Festival Internacional para el que los mismos hubiesen sido asignados. La falta de cumplimiento de esta obligación o su deficitario cumplimiento, impide la obtención de nuevos aportes para los mismos fines, sin perjuicio del derecho del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
de recuperar los importes acordados y no rendidos o rendidos insatisfactoriamente.
ARTICULO 9º En el caso de múltiple participación de películas argentinas en un Festival Internacional en cualquiera de sus secciones, la ayuda total a otorgar por el INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, no podrá exceder el importe equivalente al apoyo a TRES 3
películas argentinas en competencia oficial en un Festival Internacional de Tipo I, de acuerdo con lo estipulado en el ANEXO II.
ARTICULO 10. Los aportes a medios que efectúen la cobertura periodística de los Festivales Internacionales, se otorga únicamente para la asistencia a Festivales de Tipo I y sujeta a la participación de cuanto menos UNA 1 película nacional en la competencia oficial del Festival para el que se requiera asistencia.
ARTICULO 11. Déjense sin efecto las Resoluciones Nº1897/2007INCAA y Nº1798/2009/
INCAA.
ARTICULO 12. Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

Resolución Nº154/2012
Bs. As., 20/1/2012
VISTO el Expediente Nº4992/2011/INCAA y la Resolución Nº2426/2011/INCAA y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº2426/2011/INCAA se llamó a Concurso para la producción de CATORCE
14 CICLOS DE PROGRAMAS DE ESTUDIO, en adelante LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO, PARA
CANALES Y/O SEÑALES DE TV PUBLICAS PROVINCIALES Y/O UNIVERSITARIAS ASOCIADAS O
NO A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES, de una duración diaria de UNA 1 hora y un máximo de TRES 3 horas por emisión, a realizarse de lunes a viernes con un presupuesto total de hasta PESOS NOVECIENTOS MIL $900.000, a emitirse durante un período de NUEVE 9 MESES, con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional, siendo incorporadas al BANCO AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO, en adelante BACUA, del CONSEJO ASESOR. El CANAL deberá garantizar la emisión de dichos programas dentro de la grilla del año entrante.
Que en el CAPITULO IV DEL JURADO Artículo 16 de las Bases y Condiciones del llamado a Concurso por Resolución Nº2426/2011/INCAA se expresa que la Presidenta del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales en adelante INCAA juntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVDT nombrará un Jurado que estará conformado por CINCO 5 integrantes quienes deberán ser personalidades destacadas del ámbito de la realización audiovisual, productores, directores, de televisión, orientados o especializados en la producción de programas de estudio, directores de canales como directores de programación.
Que el INCAA recomienda designar como JURADOS del llamado a Concurso Programas de estudio al Sr. Sergio PETRAKIS DNI 14.539.723 y al Sr. Jorge NISCO DNI 11.683.873 y en acuerdo con el SATSAID se recomienda designar al Sr. Damián BERICAT DNI 21.954.883.
Que el CONSEJO ASESOR del SATVD-T recomienda designar como JURADO del llamado a Concurso Programas de estudio a la Sra. Clara ZAPPETTINI DNI 3.975.896 y a la Sra. Mariana MOYANO DNI 20.573.719.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Fomento a la Televisión, Internet y Videojuegos ha tomado la intervención que le compete.
Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.
Por ello, LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Desígnese como JURADOS TITULARES del llamado a Concurso por Resolución Nº2426/2011/INCAA Programas de estudio a los Señores/as;

ANEXO I - RESOLUCION Nº151

TIPO 1
Berlín Cannes Venecia San Sebastián
FESTIVALES DECLARADOS DE INTERES Y SU TIPO
TIPO 2
TIPO 3
Rotterdam Los Angeles Intl.
Toronto TIFF
Amsterdam IDFA
Locarno Río de Janeiro Roma Roma Cinemafest Guadalajara La Habana
Huelva
Sundance
Málaga
Toulouse
Amiens
1. Damián BERICAT, DNI 21.954.883;
2. Clara ZAPPETTINI, DNI 3.975.896;
3. Mariana MOYANO, DNI 20.573.719;
4. Sergio PETRAKIS, DNI 14.539.723 y 5. Jorge NISCO, DNI 11.683.873.

Montreal FFM
Londres Intl.
Valladolid Tribeca
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 25/01/2012 Nº7555/12 v. 25/01/2012

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/01/2012

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031