Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 30 de diciembre de 2011

BOLETIN OFICIAL Nº 32.307

MONUMENTOS HISTORICOS
NACIONALES
Ley 26.714
Declárase Monumento Histórico Nacional al edificio de la Facultad de Ingeniería ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

DECRETOS

ACUERDOS
Decreto 299/2011
Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo, destinado a financiar el Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina.
Bs. As., 29/12/2011

ARTICULO 1º Declárase Monumento Histórico Nacional en los términos de las leyes 12.665 y 24.252 al edificio de la actual Facultad de Ingeniería, ex Sede Central de la Fundación Eva Perón, ubicado en la Avenida Paseo Colón Nº850 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 2º La Comisión Nacional de Museos, de Monumentos y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos e Histórico Artísticos el monumento declarado en el artículo 1º de la presente ley con el nombre de Facultad de Ingeniería, ex Fundación Eva Perón.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
REGISTRADO BAJO EL Nº26.714
EDUARDO A. FELLNER. JUAN C. MARINO.
Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.

RUTAS NACIONALES
Ley 26.715
Denomínese Presidente Doctor Raúl Ricardo Alfonsín a la autopista ubicada sobre la Ruta Nacional Nº66 situada al sudeste de la Provincia de Jujuy.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Denomínese Presidente Doctor Raúl Ricardo Alfonsín a la autopista ubicada sobre la Ruta Nacional Nº 66, situada al sudeste de la provincia de Jujuy, en inmediaciones de la ciudad de San Salvador de Jujuy, entre el empalme con la Ruta Nacional Nº9 y el Aeropuerto Internacional Gobernador Horacio Guzmán.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
REGISTRADO BAJO EL Nº26.715
EDUARDO A. FELLNER. JUAN C. MARINO.
Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.

VISTO el Expediente Nº S01:0427135/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo el BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO BID conviene en prestar a la REPUBLICA ARGENTINA la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE
MILLONES U$S 20.000.000 destinados a financiar el Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina.
Que el objetivo del citado programa es colaborar con los esfuerzos del gobierno argentino para acelerar la transición de la población afectada por la erupción del volcán Puyehue hacia la recuperación de sus actividades sociales y económicas regulares, especialmente el turismo, apoyando las iniciativas para restaurar servicios de agua potable y alcantarillado, energía, transporte y las tareas de remoción/disposición de cenizas y reparación de edificios públicos y viviendas afectadas de la población de escasos recursos.
Que el proyecto consta de los siguientes componentes: Sistemas de agua potable y alcantarillado, Energía eléctrica, Recolección y disposición de cenizas, y transporte, Reparación de edificios públicos y viviendas y Costos administrativos.
Que las partes convienen en que la ejecución del Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina estará a cargo del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por intermedio de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Enfoque Sectorial Amplio UCP dependiente de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del mencionado Ministerio, la cual tendrá como responsabilidad principal coordinar todas las actividades del proyecto y ser la contraparte directa del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Modelo de Contrato de Préstamo BID destinado a financiar el Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID mencionado en el considerando anterior y acuerde modificaciones a los mismos, siempre que sean convenientes a su ejecución.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y de-

más cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID propuesto para ser suscripto, son los usuales en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº24.156 y sus modificaciones y el Artículo 40 de la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005.
Por ello,
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ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Decreto 292/2011
Declárase el año 2012 como el Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano.

Bs. As., 28/12/2011
VISTO y CONSIDERANDO:
Que Manuel Belgrano nació en Buenos Aires el 3 de junio de 1770, cursó sus estudios en el Colegio de San Carlos y luego en las Universidades de Salamanca y Valladolid en el Reino de España; graduándose como Abogado y asumiendo en el año 1794 en Buenos Aires como Secretario del Consulado, desde donde, entre otras actividades, fomentó la educación.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que durante las invasiones inglesas, en 1806, se incorporó a las milicias criollas para defender la ciudad.

Artículo 1º Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES U$S 20.000.000, destinado a financiar el Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE
7 capítulos, de las Normas Generales integradas por NUEVE 9 capítulos y un Anexo único, cuyas copias autenticadas forman parte del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las versiones en idioma español de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.

Que cumplió un rol protagónico en la Revolución de Mayo de 1810 siendo nombrado vocal de la Primera Junta, cargo que dejó el 22 de septiembre del mismo año para asumir el mando de la expedición al Paraguay con el grado de General en Jefe.

Art. 2º Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA
ARGENTINA el Contrato de Préstamo BID destinado a financiar el Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.
Art. 3º Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al contrato referido en el Artículo 1º del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4º Desígnase al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por intermedio de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Enfoque Sectorial Amplio UCP dependiente de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito de la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION
DEL DESARROLLO de ese Ministerio, como Organismo Ejecutor del Programa de Emergencia en Respuesta a la Erupción del Volcán Puyehue en Argentina, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el Modelo de Contrato de Préstamo BID, y demás documentación de dicho proyecto.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Juan M.
Abal Medina. Hernán G. Lorenzino.
NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gob.ar

Que en el año 1812, el Primer Triunvirato dispuso la utilización de una escarapela nacional de dos colores: blanco y azul celeste, conforme al diseño propuesto por Belgrano, quien la hizo lucir a sus tropas.
Que el 27 de febrero de 1812, creó una bandera con los mismos colores de la escarapela, reuniendo a sus tropas en Rosario, a orillas del río Paraná y les ordenó a sus oficiales y soldados que le juraran fidelidad.
Que en ese sentido, cabe señalar que recientemente el HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION sancionó la Ley Nº26.721
mediante la cual se designó al referido 27
de febrero de 2012, Día del Bicentenario de la creación y primera jura de la bandera argentina.
Que Manuel Belgrano siempre demostró su amor por la Patria ya que, no siendo militar, decidió con coraje asumir dicho rol cuando el país lo necesitara.
Que cabe destacar especialmente el episodio que se conoce como el Exodo Jujeño, en el cual el día 23 de agosto de 1812 el ejército patriota comenzó la heroica retirada del pueblo de Jujuy con dirección a Tucumán. Ello porque ante la inminencia del avance del poderoso ejército español desde el norte, el General Belgrano emitió un bando disponiendo el abandono de la ciudad, en términos contundentes: había que dejar la tierra arrasada.
Que así se hizo, siendo Belgrano el último en dejar la ciudad, que fue encontrada desolada luego por el enemigo; cumpliéndose en el año 2012 el Bicentenario de este notable suceso, siendo éste otro de los motivos que merecen la honra a la memoria del Prócer.
Que en el año 1816 Belgrano participó activamente en el Congreso de Tucumán, el cual declaró nuestra Independencia y, asimismo, decretó como insignia nacional la bandera por él creada.
Que la vida e historia de Manuel Belgrano, por su honradez, valentía, patriotismo y por sus ideas en pos de la libertad, la independencia nacional, la igualdad y el fomento de la educación constituyen un ejemplo a seguir por la ciudadanía argentina.
Que dicha reseña permite observar los extraordinarios servicios que prestó a su país tanto en las luchas por lograr su independencia como en los inicios de su organización institucional, inspirado en las ideas políticas más avanzadas de su tiempo.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL
considera importante resaltar y difundir en el año 2012, la labor de quien realizara tan importantes aportes al país.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/12/2011

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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