Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 7 de diciembre de 2011

RESOLUCIONES

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 1394/2011
Declárase el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Río Negro.
Bs. As., 29/11/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0433974/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU
RA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº26.509
y su Decreto Reglamentario Nº1712 del 10
de noviembre de 2009 y el Acta de la re unión ordinaria de la COMISION NACIONAL
DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGRO
PECUARIOS del 9 de noviembre de 2011, y CONSIDERANDO:
Que la Provincia de RIO NEGRO, a través del dictado del Decreto Nº 1543 de fecha 13 de octubre de 2011, declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por el fenómeno de ceniza y sequía a los productores apícolas rionegrinos afectados en todo el territorio de la provincia, por el lapso de DOCE 12 meses, desde el 13 de octubre de 2011.
Que la Provincia de RIO NEGRO pre sentó ante la COMISION NACIONAL DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES AGRO
PECUARIOS, en la reunión ordinaria del 9
de noviembre de 2011, la correspondiente solicitud para que, dentro de los términos de la Ley Nº 26.509, declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario que fuera aprobado a nivel provincial mediante el mencionado Decreto Nº1543/11.
Que la COMISION NACIONAL DE EMER
GENCIAS Y DESASTRES AGROPECUA
RIOS ha analizado la situación ocurrida en el área y entiende que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agro pecuario a fin de la aplicación de las medi das previstas en la Ley Nº26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afec tadas.
Que es necesario establecer el período por el cual se extenderán los ciclos productivos a efectos de otorgar los beneficios contem plados en los apartados a y d del inciso 1
del Artículo 22 e incisos b y e del Artículo 23 de la Ley Nº26.509, de acuerdo a lo es tablecido en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº1712 de fecha 10 de noviem bre de 2009.
Que la COMISION NACIONAL DE EMER
GENCIAS Y DESASTRES AGROPECUA
RIOS ha establecido que el ciclo de las producciones afectadas en la solicitud de la Provincia de RIO NEGRO finalizará el 31 de diciembre de 2012.
Que la Dirección General de Asuntos Jurí dicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la inter vención que le compete.
Que la presente medida se dicta en fun ción de lo previsto por la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificaciones y por el Artículo 9º del Anexo del Decreto Nº1712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello, EL MINISTRO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dase por declarado en la Provincia de RIO NEGRO el estado de emergen
BOLETIN OFICIAL Nº 32.292

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cia y/o desastre agropecuario por el fenómeno de ceniza y sequía a los productores apícolas rionegrinos afectados en todo el territorio de la provincia, por el lapso de DOCE 12 meses des de el 13 de octubre de 2011.

Que en atención a lo expuesto precedente mente, resulta pertinente aceptar la renun cia de la Subsecretaria de Desarrollo Turís tico de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO.

TERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO y lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº21.745, y
Art. 2º A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los apartados a y d del inciso 1 del Artículo 22 e incisos b y e del Artículo 23 de la Ley Nº 26.509, se determina como fecha de finalización de los actuales ciclos productivos el 31 de diciembre de 2012.

Que asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por la citada funcionaria en el desempeño de su cargo.

Que la organización denominada MINISTE
RIO JESUCRISTO VIENE PRONTO solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.

Art. 3º A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº26.509, con forme con lo establecido por su Artículo 8º, los productores afectados deberán presentar certifi cado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
Art. 4º Las instituciones bancarias nacio nales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para que los producto res agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº26.509.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. Julián A. Domínguez.

I4288975I

MINISTERIO DE TURISMO
Resolución 324/2011
Acéptase la renuncia al cargo de Jefe de Asesores de Gabinete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso c, del Decreto Nº101/85 y sus mo dificatorios.
Por ello, EL MINISTRO
DE TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 10 de di ciembre de 2011, la renuncia presentada por la Licenciada Da. Valeria Fabiana PELLIZZA M.I.
Nº18.063.646 al cargo de Subsecretaria de De sarrollo Turístico de la SECRETARIA DE TURIS
MO del MINISTERIO DE TURISMO.
Art. 2º Agradécense a la funcionaria renun ciante los valiosos servicios prestados en el des empeño de su cargo.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. Carlos E. Meyer.

MINISTERIO DE TURISMO
Resolución 326/2011
Acéptase la renuncia al cargo de Subsecretaria de Promoción Turística Nacional de la Secretaría de Turismo.

Bs. As., 2/12/2011

Bs. As., 2/12/2011

VISTO y CONSIDERANDO:

VISTO y CONSIDERANDO:

Que el día 10 de diciembre de 2011 conclu ye el actual mandato presidencial.
Que en atención a lo expuesto precedente mente, resulta pertinente aceptar la renun cia del Jefe de Asesores de Gabinete del Ministro de Turismo.
Que asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por el citado funcionario en el desempeño de su cargo.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso c, del Decreto Nº101/85 y sus mo dificatorios.
Por ello, EL MINISTRO
DE TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 10 de di ciembre de 2011, la renuncia presentada por el señor D. Darío CERVINI M.I. Nº20.217.530, al cargo de Jefe de Asesores de Gabinete del Mi nistro de Turismo.
Art. 2º Agradécense al funcionario renun ciante los valiosos servicios prestados en el de sempeño de su cargo.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. Carlos E. Meyer.

MINISTERIO DE TURISMO
Resolución 325/2011
Acéptase la renuncia al cargo de Subsecretaria de Desarrollo Turístico de la Secretaría de Turismo.

Bs. As., 2/12/2011
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el día 10 de diciembre de 2011 conclu ye el actual mandato presidencial.

Que el día 10 de diciembre de 2011 conclu ye el actual mandato presidencial.
Que en atención a lo expuesto preceden temente, resulta pertinente aceptar la re nuncia de la Subsecretaria de Promoción Turística Nacional de la SECRETARIA DE
TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO.
Que asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por la citada funcionaria en el desempeño de su cargo.

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamen tan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesa rios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cum plimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745
y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fe cha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 64/65 de las actuaciones ci tadas en el Visto resulta que, de los antece dentes debidamente evaluados, la institu ción requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Nº1230 de fecha 5 de junio de 2008 del MI
NISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacio nal de Cultos bajo el Nº4522 a la organización denominada MINISTERIO JESUCRISTO VIENE
PRONTO con sede central en la calle Quito s/n, Circ. 1, Sección C, Manzana 329, Parcela 8, Barrio Cochangasta este, Ciudad de La Rioja, Provincia de LA RIOJA.
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Jor ge Raúl GORDILLO D.N.I. Nº28.455.012 en su carácter de Presidente, bajo el Nº 9280 y pro cédase a extender la documentación correspon diente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso c, del Decreto Nº101/85 y sus mo dificatorios.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. Guillermo R. Oliveri.

Por ello,

Secretaría de Culto
EL MINISTRO
DE TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 10
de diciembre de 2011, la renuncia presenta da por la señora Da. Patricia VISMARA M.I.
Nº 10.590.659 al cargo de Subsecretaria de Promoción Turística Nacional de la SECRETARIA
DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO.
Art. 2º Agradécense a la funcionaria renun ciante los valiosos servicios prestados en el de sempeño de su cargo.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. Carlos E. Meyer.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 216/2011
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Ministerio Jesucristo Viene Pronto.
Bs. As., 14/11/2011
VISTO el Expediente Nº20.259/2011 del Regis tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX

CULTO
Resolución 219/2011
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Ministerio Generación de Cambio.
Bs. As., 14/11/2011
VISTO el Expediente Nº32.513/2011 del Regis tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX
TERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO y lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que la organización denominada MINISTE
RIO GENERACION DE CAMBIO solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cul tos.
Que el Artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamen tan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesa rios para la ejecución de las leyes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/12/2011

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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