Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 7 de enero de 2011

Planilla Anexa al Artículo 1
XXVI. MINISTERIO DE SEGURIDAD

BOLETIN OFICIAL Nº 32.065

3

4. Requerir, recibir, sistematizar y almacenar el conjunto de la información y los análisis producidos por otras dependencias públicas y privadas relacionadas con la situación de seguridad pública.
5. Elaborar y actualizar en forma permanente el cuadro de situación estratégico y fáctico de las problemáticas delictivas existentes en el ámbito nacional y regional.

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SUBSECRETARIA DE ANALISIS Y GESTION DE LA INFORMACION CRIMINAL
- SECRETARIA DE SEGURIDAD OPERATIVA
- SUBSECRETARIA DE DELITOS COMPLEJOS Y LUCHA CONTRA LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA
- SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD
- SECRETARIA DE POLITICAS DE PREVENCION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD
- SUBSECRETARIA DE PREVENCION DEL DELITO Y LA VIOLENCIA

6. Elaborar investigaciones y estudios relativos a las competencias ministeriales de utilidad para la toma de decisiones.
7. Organizar y administrar bases de datos con la información, los archivos y los antecedentes obtenidos durante el desarrollo de las funciones de seguridad operativa, o como resultado de la provisión de información resultante de los convenios suscritos con otros organismos, agencias o entidades nacionales o extranjeros.
8. Coordinar e impulsar un sistema estadístico integrado nacional de información criminal y supervisar el área de Política Criminal de la Jurisdicción.
9. Impulsar el mantenimiento de relaciones de intercambio de información con instituciones policiales y de seguridad regional, nacional e internacional.

- SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

SECRETARIA DE SEGURIDAD OPERATIVA

- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO DE LA SEGURIDAD

OBJETIVOS:

- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO LOGISTICO Y PRESUPUESTARIO DE LA SEGURIDAD
Planilla Anexa al Artículo 2
XXVI. MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro en todos los aspectos relacionados con la normas de la ley de Administración Financiera, y de procedimiento administrativo, en temas relacionados en políticas presupuestarias, compras y contrataciones, recursos humanos, informática, asuntos jurídicos y sumarios y en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y a las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
4. Coordinar, monitorear y supervisar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de los distintos servicios administrativos financieros y de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
6. Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades descentralizadas del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
7. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

1. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la conducción institucional superior, la administración general del sistema policial y de seguridad, la formación y capacitación del personal policial y de las fuerzas de seguridad, la supervisión y gestión del régimen disciplinario y de control, la coordinación con el resto de las fuerzas policiales y de seguridad del país y del exterior y con el MINISTERIO PUBLICO FISCAL; y en la instrumentación de las acciones conducentes a la investigación de las distintas formas de criminalidad.
2. Entender en la formulación, dirección y supervisión de las planificaciones y actividades de las fuerzas policiales y de seguridad del Estado Nacional, formulando las correspondientes directivas, instrucciones y demás medidas para su intervención y actuación.
3. Entender en lo atinente a la gestión de los asuntos institucionales de las fuerzas policiales y de seguridad del Estado Nacional, así como en lo relacionado con su dirección y coordinación operativa y funcional.
4. Entender en el diseño, formulación y supervisión de la política de formación y capacitación de las fuerzas policiales y de seguridad de la Jurisdicción.
5. Impulsar actividades de investigación y estudios referidos al desarrollo de la política de seguridad interior.
6. Establecer los lineamientos de la gestión administrativa, de recursos humanos y de salud y bienestar de las fuerzas policiales y de seguridad de la Jurisdicción.
7. Proponer al Ministro la realización de convenios con entidades públicas y privadas en materia policial, de seguridad, de política criminal y de cooperación; y entender en el seguimiento de los mismos.
8. Intervenir en todo lo relativo al diseño y desarrollo de acciones para la detección, investigación y control de la criminalidad compleja.
9. Establecer mecanismos de relación y coordinación interinstitucional con las policías provinciales, el MINISTERIO PUBLICO FISCAL, el PODER JUDICIAL DE LA NACION, otros Ministerios y demás organismos involucrados en la gestión del esfuerzo nacional de policía y el sistema de seguridad interior.

8. Entender en las resoluciones y demás actos administrativos emanados del Ministro, y de las demás dependencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

10. Entender en el mantenimiento del estado general de disciplina en el ámbito de las fuerzas policiales y de seguridad de la Jurisdicción y supervisar la regularidad y eficacia de las acciones disciplinarias llevadas a cabo respecto del personal policial y de las fuerzas de seguridad.

9. Coordinar el Servicio Jurídico, intervenir en la elaboración de los proyectos normativos que le encomiende la superioridad, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción y supervisar el accionar de los Servicios Jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

11. Entender, en coordinación con otras áreas del Gobierno nacional y de los Gobiernos locales, en la política de prevención y atención para víctimas, testigos e imputados protegidos y poblaciones en situación de vulnerabilidad, prestando especial atención a la problemática de trata de personas y de violencia institucional.

10. Entender en la protocolización, registro y archivo de las Resoluciones dictadas por el Ministro de Seguridad, y de los titulares de las demás dependencias de la Jurisdicción, adoptando los recaudos necesarios para su publicación.

12. Formular políticas para la detección de desarmaderos y autopartes y propiciar los instrumentos necesarios para prevenir los ilícitos generados a partir de estas actividades.

11. Entender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria en el tema respectivo, como así también, el contralor de las notificaciones producidas por el MINISTERIO DE SEGURIDAD.
12. Entender en la formulación de la política presupuestaria del MINISTERIO DE SEGURIDAD y en la coordinación, seguimiento y consolidación de los requerimientos presupuestarios.
13. Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD, asegurando la eficiente utilización de sus sistemas y herramientas informáticas.
14. Instruir los sumarios administrativos de la Jurisdicción.
SUBSECRETARIA DE ANALISIS Y GESTION DE LA INFORMACION CRIMINAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro en todo lo referido a la gestión del conocimiento en materia de seguridad pública a través de la planificación, producción, coordinación y evaluación del conocimiento institucional referido a la situación y el desempeño de los componentes del sistema de seguridad pública, así como a la situación del delito y la violencia, emitiendo la información y estadísticas necesarias para orientar la estrategia, el proceso de diseño y decisión de las políticas del sector.
2. Asistir al Ministro en el diseño, implementación de planes y métodos para el establecimiento de sistemas de información adecuados para la formulación de la política criminal y la toma de decisiones en el ámbito de sus competencias.
3. Requerir, recibir, sistematizar y almacenar el conjunto de la información criminal y los análisis producidos por todas las dependencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

13. Formular políticas para la prevención y detección de delitos cometidos en zonas rurales o despobladas.
14. Intervenir en la seguridad de espectáculos públicos, con el fin de erradicar la violencia en dichos ámbitos.
15. Formular políticas para la detección de otras formas de criminalidad y propiciar los instrumentos necesarios para dicha detección.
SECRETARIA DE SEGURIDAD OPERATIVA
SUBSECRETARIA DE DELITOS COMPLEJOS Y LUCHA CONTRA LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA.
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario de Seguridad Operativa en la detección de delitos complejos, prestando especial atención a los delitos de trata de personas, narcotráfico, lavado de activos, armas y terrorismo.
2. Cooperar en la detección y prevención de la violencia institucional.
3. Asistir al Secretario de Seguridad Operativa en todo lo concerniente a la dirección de investigaciones de criminalidad organizada y seguridad de diferentes áreas temáticas.
4. Desarrollar actividades de investigación de los delitos complejos y de la criminalidad organizada.
5. Intervenir en todo lo relativo al diseño y desarrollo de lineamientos para la prevención, investigación y control de la criminalidad organizada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/01/2011

Nro. de páginas92

Nro. de ediciones9388

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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