Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 13 de enero de 2010

Primera Sección

POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Decisión Administrativa 644/2009
Apruébase la Licitación Pública Nacional Nº5/09 relacionada a la contratación del Servicio de Limpieza.

Bs. As., 30/12/2009
VISTO el Expediente NºS02:0000190/08 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Nº24.156, los Decretos Nros. 436 del 30
de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001, 1344 del 4 de octubre de 2007 y la Resolución SIGEN Nº79 del 5 de agosto de 2005 y sus respectivas modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA tramita la Licitación Pública Nacional Nº05/09 convocada para la contratación del Servicio de Limpieza Integral para el COMPLEJO MEDICO DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA CHURRUCA-VISCA, HOGAR CORONEL LUIS JORGE GARCIA, HOGAR MATERNAL RAYITO DE SOL I y RAYITO DE SOL II, solicitado por la SECCION SERVICIOS GENERALES de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR, de la citada fuerza de seguridad.
Que dicho procedimiento fue autorizado mediante la Resolución M.J.S. y D.H. Nº949
del 31 de marzo de 2009, habiéndose cumplido con la publicidad y difusión de la convocatoria.
Que en el acto de apertura de ofertas se recibieron las propuestas de las firmas: LA
MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.; GIPSY S.A.; LINSER S.A.C.I.S.;
MENENDEZ HNOS S.A. y FLOOR-CLEAN S.R.L..
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION informó oportunamente los Precios Testigo correspondientes.
Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA en su primera intervención estimó pertinente intimar a las firmas LA MANTOVANA
DE SERVICIOS GENERALES S.A.; GIPSY S.A.; LINSER S.A.C.I.S.; MENENDEZ
HNOS S.A. y FLOOR-CLEAN S.R.L., a subsanar los defectos formales de sus propuestas conforme con lo normado por el artículo 141 del Anexo al Decreto Nº436/00, sus modificatorios y complementarios, aspecto que fue notificado fehacientemente a los oferentes interesados.
Que en una nueva intervención la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS consideró que debía iniciarse el procedimiento formal de mejora de precios conforme lo normado en el Título IV del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº79/05, a los fines de que en el término de CINCO 5 días la empresa FLOOR-CLEAN S.R.L. mejore su cotización respecto de los renglones 1, 2, 3 y 4, en tanto dichos montos se encontraban por encima del DIEZ POR CIENTO 10% respecto del informado por la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION, a los efectos de alinear la oferta a los valores de mercado. Asimismo consideró que correspondería dictar el acto administrativo pertinente desestimando las ofertas presentadas por las firmas LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES
S.A.; GIPSY S.A.; LINSER S.A.C.I.S. y MENENDEZ HNOS S.A., conforme lo normado por el artículo 141 del Anexo al Decreto Nº436/00, sus modificatorios y complementarios, siendo ello notificado en forma fehaciente a los oferentes interesados.
Que la firma FLOOR-CLEAN S.R.L. mejoró los precios cotizados para los renglones 1, 2, 3 y 4.
Que en su última intervención la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS concluyó que debería dictarse un acto administrativo adjudicando a la firma FLOOR-CLEAN
S.R.L. los renglones 1, 2, 3 y 4 de la Licitación Pública Nacional Nº05/09, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado y desestimando las ofertas presentadas por las firmas LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.; GIPSY S.A.;
LINSER S.A.C.I.S. y MENENDEZ HNOS S.A., conforme lo normado por el artículo 141 del Anexo al Decreto Nº436/00, lo cual fue notificado en forma fehaciente a los oferentes interesados.
Que la firma MENENDEZ HNOS S.A. dedujo impugnación contra el respectivo Dictamen de Evaluación Nº 33/09, considerando inválida la desestimación de su oferta propiciada por la falta de presentación del Certificado Fiscal para Contratar vigente a la fecha del acto de apertura, por cuanto adujo haber acreditado la solicitud para su obtención en tiempo oportuno por ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y asimismo por haberse estimado insuficiente el Poder General de Administración y Disposición presentado para obligar a la firma, a cuyo respecto expresó que posteriormente acompañó un Poder Especial.
Que la firma impugnante estimó asimismo no válida la desestimación de su oferta propiciada por la falta de presentación del certificado previsto en el artículo 7º, apartado B, punto 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dado que alude haber cumplido los servicios licitados en el COMPLEJO MEDICO DE LA POLICIA FEDERAL
ARGENTINA CHURRUCA-VISCA hasta el 30 de septiembre de 2006, agraviándose así también por el incumplimiento de la Norma ISO 9001/2000 que se le imputa, manifestando haber acreditado que la empresa se encuentra en proceso de certificación de dicha norma.
Que por último la impugnante se agravió por el procedimiento de mejora de precios efectuado respecto de la firma FLOOR-CLEAN S.R.L., ya que considera inadmisible que un único oferente modifique su cotización ajustando sus precios de acuerdo a los valores conocidos en la apertura de las ofertas.
Que con motivo de la precitada impugnación tomaron intervención la DIVISION COMPRAS Y SUMINISTROS y la DIVISION ASESORIA GENERAL ambas de la Fuerza propiciante, respectivamente.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.820

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Que asimismo se expidió la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, expresando que la impugnación de la firma MENENDEZ HNOS S.A. resulta formalmente procedente conforme lo normado en el artículo 80 del Anexo al Decreto Nº436/00, sus modificatorios y complementarios.
Que en cuanto al fondo de la cuestión dicho servicio jurídico asentó que al momento del acto de apertura de ofertas realizado el 14 de mayo de 2009 el Certificado Fiscal para Contratar presentado por la firma MENENDEZ HNOS S.A. no se encontraba vigente, habiendo fenecido el 8 de agosto de 2006. Agregó que la solicitud de renovación del mismo fue efectuada luego de su vencimiento y que el nuevo certificado fiscal emitido posee vigencia a partir del 29 de mayo de 2009, es decir, con posterioridad al acto de apertura de ofertas.
Que por otro lado, respecto a la insuficiencia del Poder General de Administración y Disposición que el firmante de la oferta acompañó al acto de apertura, señaló el órgano jurídico que a dicha circunstancia se suma que el Poder Especial agregado posteriormente por la firma impugnante ante el requerimiento de la Comisión Evaluadora obra en copia simple y no se encuentra debidamente certificado tal como lo exige el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, además de asentar que el mismo no se hallaba vigente al momento de presentar la oferta.
Que en relación al certificado previsto por el artículo 7º, apartado B, punto 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el servicio jurídico de la Fuerza indicó que del certificado anexado surge que la firma MENENDEZ HNOS S.A. prestó servicios en el COMPLEJO MEDICO DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA CHURRUCA-VISCA
hasta el día 30 de septiembre de 2006, razón por la cual la impugnante no acreditó haber cumplido servicio durante un período de DOCE 12 meses continuos en los últimos TRES 3 años, tal como lo exige el pliego licitatorio.
Que por último el mentado órgano jurídico resaltó que conforme al artículo 7º, apartado B, punto 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares los oferentes debían acreditar que contaban con un sistema de gestión de la calidad de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Norma ISO 9001/2000, certificado y vigente a la fecha del acto de apertura y que el procedimiento de mejora de precios de la oferta, de la firma FLOOR-CLEAN S.R.L. se efectuó conforme a derecho, en los términos fijados por la Resolución SIGEN Nº79/05.
Que en mérito de todo lo expuesto la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la Fuerza propiciante concluyó que correspondía rechazar la impugnación impetrada por la firma MENENDEZ HNOS S.A..
Que por su parte, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, compartió el análisis realizado por el área legal preopinante, agregando a mayor abundamiento que el rechazo de la impugnación se basa en la falta de subsanación de la documentación que puede solicitarse a los oferentes por vía del artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de las consideraciones vertidas respecto de la falta de presentación oportuna del Certificado Fiscal para Contratar vigente.
Que el gasto de la contratación en cuestión asciende a la suma anual de PESOS
OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
SEIS $ 8.819.376,00 y será afrontado con cargo en las partidas presupuestarias específicas de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 35, inciso c del Anexo al Decreto Nº1344/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase lo actuado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA en el trámite de la Licitación Pública Nacional Nº05/09 cuyo objeto es la contratación del Servicio de Limpieza Integral para el COMPLEJO MEDICO DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA CHURRUCA-VISCA, HOGAR CORONEL LUIS JORGE GARCIA, HOGAR MATERNAL RAYITO DE SOL I y RAYITO DE
SOL II.
Art. 2º Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.; GIPSY S.A.; LINSER S.A.C.I.S. y MENENDEZ HNOS S.A., en función de lo vertido en los Considerandos de la presente medida.
Art. 3º Recházase la impugnación interpuesta por la firma MENENDEZ HNOS S.A. por los fundamentos expuestos en los Considerandos del presente acto.
Art. 4º Adjudícanse a la firma FLOOR-CLEAN S.R.L. los renglones 1, 2, 3 y 4 por la suma total de PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA
Y SEIS $8.819.376,00, con mejora de precios incluida, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado.
Art. 5º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA.
Art. 6º Delégase la firma de la Orden de Compra en el Jefe del DEPARTAMENTO ECONOMICO FINANCIERO de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Julio C. Alak.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/01/2010

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9390

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/07/2024

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