Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 17 de diciembre de 2009

Primera Sección
FERNANDEZ ACEVEDO Gerente Administrativo, Jurídico Contable del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES e Ing. Oscar ELORRIAGA Gerente Técnico del ORGANO DE CONTROL
DE CONCESIONES VIALES.
ARTICULO 4º La asignación de funciones, derivada de la creación de la COMISION DE
CONCESIONES, no importa creación de cargos presupuestarios. Los agentes comprendidos considerarán sus respectivas nominaciones como una extensión de sus obligaciones regulares sin que ello implique desafectación de las tareas inherentes al cargo en que dichos agentes revisten presupuestariamente.
ARTICULO 5º Apruébense los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES GENERALES y PARTICULARES, que como ANEXOS IV de 43 fojas y V de 199 fojas respectivamente forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 6º Los Pliegos se pondrán a la venta a partir del 9 de diciembre de 2009 en la Secretaría de la COMISION DE CONCESIONES sita en Paseo Colón Nº189, piso 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 10:00 a 16:00 horas, previo pago de su valor en la COORDINACION AREA TESORERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Hipólito Yrigoyen Nº250, piso 7º, oficina 713 de la Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10.00 horas a 14:00 horas y hasta las 14:00 horas del día 19 de enero de 2010, y su valor es de PESOS CINCUENTA
MIL $50.000:
ARTICULO 7º Establécese que una vez aprobados el texto del Contrato y sus Anexos A Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, B - Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, C - Inventario, los mismos serán entregados a los adquirentes de los Pliegos, fijándose como fecha límite para dicha entrega el día 14 de diciembre de 2009.
ARTICULO 8º La presentación del Sobre A deberá realizarse el día 20 de enero de 2010 en la Secretaría de la COMISION DE CONCESIONES, ubicada en Av. Paseo Colón Nº189, piso 6º de la Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 12:00 horas.
ARTICULO 9º Difúndase la presente convocatoria en el sitio de Internet de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS de este Ministerio, del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
organismo desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
ARTICULO 10. Publíquese el aviso de la Licitación Pública Nacional en el Boletín Oficial por el término de OCHO 8 días, y en al menos DOS 2 diarios de circulación nacional por el término de DOS 2 días corridos. Los avisos deberán contener: a nombre del organismo licitante; b el carácter Nacional de la Licitación Pública; c lugar y fecha para la consulta y adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y su valor; d descripción de la concesión que se licita; y e fecha y lugar de presentación de ofertas y del acto de su apertura.
Dicho aviso formará parte de la presente Resolución como ANEXO VI.
ARTICULO 11. Dése cuenta a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la COMISION BICAMERAL DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION creada por el Artículo 14 de la Ley Nº23.696 y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION órgano de control interno del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
ARTICULO 12. Notifíquese la presente resolución a los integrantes de la COMISION DE
CONCESIONES.
ARTICULO 13. Gírense las presentes actuaciones a la Secretaría de la COMISION DE
CONCESIONES a efectos de dar cumplimiento con lo ordenado por la presente medida.
ARTICULO 14. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. NELSON GUILLERMO PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.
e. 16/12/2009 Nº119628/09 v. 22/12/2009

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.803

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incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO PEF del contrato de concesión del Acceso Norte a la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº1167 de fecha 15 de julio de 1994.
Que por el articulo 2º del Decreto Nº1949/2009, se instruyó a esta DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de Autoridad de Aplicación, en los términos del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009, a fijar los cuadros tarifarios correspondientes.
Que por la Cláusula Décimo Quinta de la Sexta Adecuación del Contrato de Concesión de fecha 10 de marzo de 2009, se postergó la aplicación del cobro a los usuarios del incremento de las tarifas correspondientes a las categorías 1 y 3 a 7, hasta el momento en que se lleve a cabo la instancia de revisión prevista en la Cláusula Séptima del Acuerdo de Renegociación Contractual aprobado por Decreto Nº296 de fecha 15 de marzo de 2006, prevista para el 30 de junio de 2009;
prorrogándose posteriormente dicha instancia de revisión, por Addenda, hasta el 30 de abril de 2010.
Que corresponde en consecuencia, proceder a la aprobación del Cuadro Tarifario para la Categoría 2, resultante de la aplicación parcial del cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de noviembre de 2007 hasta el mes de mayo de 2009, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO PEF, aprobado por el Artículo 1º del mencionado Decreto Nº1949/2009.
Que el Cuadro Tarifario para la Categoría 2 a aprobarse por la presente medida, no será de aplicación a aquellos vehículos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, considerados tales por la Reglamentación a elaborarse por la Concesionaria con la debida aprobación del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, manteniéndose vigentes las tarifas aprobadas por Resolución N172 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, de fecha 10 de abril de 2006.
Que en atención a que el Cuadro Tarifario que se aprueba por la presente Resolución, aplica sólo parcialmente el cálculo de la incidencia de las variaciones de precios operadas aprobado por el Decreto Nº1949/2009, sus efectos serán debidamente considerados en la instancia de revisión integral del contrato de concesión que prevé la Cláusula Séptima del Acuerdo de Renegociación Contractual, aprobado por el Decreto Nº296 de fecha 15 de marzo de 2006.
Que el Cuadro Tarifario que como ANEXO forma parte integrante de la presente Resolución, deberá darse a conocer a los usuarios por la empresa concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL
SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS 2 días corridos, en por lo menos DOS 2 de los principales medios periodísticos de la zona de influencia, de manera previa a su aplicación.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº505/58, ratificado por Ley Nº14.467, el Decreto Nº1020 de fecha 30 de julio de 2009 y el Decreto Nº1949 de fecha 9 de diciembre de 2009.
Por ello, EL ADMINISTRADOR GENERAL
DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase el nuevo Cuadro Tarifario para la Categoría 2, a aplicarse al Contrato de Concesión del Acceso Norte a la Ciudad de Buenos Aires, que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º El Cuadro Tarifario que se aprueba en el artículo precedente, deberá darse a conocer a los usuarios por la empresa concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS 2 días corridos, en por lo menos DOS 2 de los principales medios periodísticos de la zona de influencia, de manera previa a su aplicación.
ARTICULO 3º El Cuadro Tarifario que se aprueba en el Artículo 1º de la presente medida, no será de aplicación a aquellos vehículos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, considerados tales por la Reglamentación a elaborarse por la Concesionaria con la debida aprobación del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, manteniéndose vigentes las tarifas aprobadas por Resolución Nº172 del Registro del ORGANO DE
CONTROL DE CONCESIONES VIALES, de fecha 10 de abril de 2006.

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución Nº2736/2009
Bs. As., 10/12/2009
VISTO el Expediente Nº7733/2009 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES, organismo desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº1949 de fecha 9 de diciembre de 2009, se aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de noviembre de 2007 hasta el mes de mayo de 2009, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones
ARTICULO 4º Facúltase al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a aprobar el Reglamento que refiere el artículo precedente.
ARTICULO 5º Los efectos derivados de la aplicación parcial del cálculo aprobado por el Artículo 1º del Decreto Nº1949/2009, y de la no aplicación del Cuadro Tarifario que se aprueba por la presente, a aquellos vehículos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, serán debidamente considerados en la instancia de revisión integral del contrato de concesión que prevé la Cláusula Séptima del Acuerdo de Renegociación Contractual, aprobado por el Decreto Nº296 de fecha 15 de marzo de 2006.
ARTICULO 6º Notifíquese a la Concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA
por alguno de los medios previstos en el Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
ARTICULO 7º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. NELSON GUILLERMO PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/12/2009

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones9388

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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