Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2009 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 27 de noviembre de 2009
Que la Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional y la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO avalan el dictado del presente Decreto.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, y la SECRETARIA
DE COORDINACION Y COOPERACION
INTERNACIONAL del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente Decreto.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y el artículo 99, incisos 1. y 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase transitoriamente la partir del dictado del presente Decreto y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, al licenciado D. Miguel Angel ZANABRIA M.I.
16.047.865 en el cargo de Director de Proyectos de Cooperación Internacional, Nivel B con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la Dirección General de Cooperación Internacional, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.422.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D.
Fernández. Jorge E. Taiana.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1833/2009
Dase por aprobada la designación del Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Chaco de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo.

Bs. As., 23/11/2009
VISTO el Expediente Nº 1.277.417/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº26.422 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2009, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y su modificatorio y 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nros. 1437 del 7 de diciembre de 2007 y 566 del 30 de junio de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.422 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2009.

Primera Sección Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7º de la Ley Nº26.422 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº26.422
se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 628/05 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1437 del 7 de diciembre de 2007
se aprobó la apertura a nivel departamental de la SECRETARIA DE EMPLEO de esta Cartera de Estado, de conformidad con los Organigramas, Acciones y Dotaciones, que como Anexos I, II y III, forman parte integrante de la presente medida.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante el cargo de Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Chaco, Nivel B, Grado 0, dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la SECRETARIA DE EMPLEO.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº26.422 ello a fin de asegurar la consecución de los objetivos asignados a dicha Cartera de Estado.
Que por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180
días contados a partir de la fecha del presente decreto.
Que la persona que se propicia reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra vacante.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.790

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase transitoriamente en la planta permanente de la SECRETARIA DE
EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a partir del 1º de julio de 2009, en el cargo de Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Chaco, Nivel B, Grado 0, dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo, al señor Don José Luis VALENZUELA M.I. Nº8.219.251, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SINEP y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.422.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D.
Fernández. Carlos A. Tomada.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1827/2009
Dase por aprobada una designación en la Dirección de Seguimiento y Control de la Dirección Nacional de Fiscalización.

Bs. As., 23/11/2009
VISTO el Expediente Nº1.336.807/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.422
aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2009, los Decretos Nros. 491 del 12
de marzo de 2002, 1140 del 28 de junio de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 11 del 6 de enero de 2006, 962 del 3 de septiembre de 2007 y sus modificatorias, 566 del 30 de junio de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.422 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2009.
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL
a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº26.422
se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7º y 10 de la Ley 26.422
y del artículo 1º del Decreto Nº491/02.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº26.422
se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

13

su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el inciso 10
del artículo 99 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Que por el Decreto Nº628/05 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 11/06 y sus modificatorias, se aprobaron las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 962 del 3 de septiembre de 2007 se aprobó la apertura a nivel departamental de la SECRETARIA DE
TRABAJO de esa Cartera de Estado, de conformidad con los Organigramas, Acciones y Dotaciones, que como Anexos I, II y III, forman parte integrante de dicha medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº566 del 30 de junio de 2009
se aprobó la Dotación del citado Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma parte de la medida.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante el cargo de Jefe/a del Departamento de Operativos de Refiscalización dependiente de la Dirección de Seguimiento y Control de la Dirección Nacional de Fiscalización de la SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION
DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE TRABAJO de esa Cartera de Estado.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº26.422 ello a fin de asegurar la consecución de los objetivos asignados a dicha Cartera de Estado.
Que por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
Que la persona que se postula reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra vacante.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1. y 7. de la CONSTITUCION
NACIONAL, de los artículos 7º y 10 de la Ley Nº26.422 y del artículo 1º del Decreto Nº491/02.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/11/2009

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930