Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2009 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Viernes 19 de junio de 2009
ANEXO
Expediente 1 19765094329
2
1428663601
3 13450653286
PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO
Razón Social C.U.I.T.
CBU
ERNESTO RODOLFO PICCHIO 20-06018545-0 020038850100000003740-1
CARGILL SACI
30-50679216-5 016888810000060043019-9
MOLINOS SAN JOSE S.A.
30-65853218-5 386000100100000171498-9
TOTAL
PERIODO 2009
marzo $71.798,40
$5.171.954,68
$230.263,98
$5.474.017,06
BOLETIN OFICIAL Nº 31.677
17
Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1/2, 31, 33, 37/38 y 83.
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 85.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de productores de trigo.
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 86/87, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Resolución 5298/2009
Autorízase el pago de compensaciones.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Bs. As., 12/6/2009
VISTO el Expediente NºS01:0190849/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que mediante Resolución Nº378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007, 339 de fecha 10 de abril de 2007 y 3043 de fecha 21 de agosto de 2008, todas ellas de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº9/07.
Que la referida Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº9
de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS $868.140,59.
Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA CON CINCUENTA Y
NUEVE CENTAVOS $868.140,59 por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los molinos harineros de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Eyras.
ANEXO
Nº
Expediente
Razón Social Molino Causante
CUIT
Productor de Trigo Razón Social
CBU
Monto
1 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-70004621-0
AGROSOL S A
072003662000000041274-0
11.722,35
2 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
23-14322931-9
BOG JUAN CARLOS
014033410162050161211-6
1.824,53
3 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
27-04215753-3
BUCK LIDIA BEATRIZ 072012082000000135807-2
187,41
4 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-08640919-5
5 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
23-02229898-4
6 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
27-00045157-1
7 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-18516696-2
8 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-24685163-9
9 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-65113536-9
10 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-60759719-3
CARDONER GUSTAVO ARTURO
CUCULLU MARIA
ELENA
GARCIA DEL SOLAR
ENRIQUETA FELICIA
ISABEL
GARCIA GUILLERMO RUBEN
HOLLENDER ALLAN
FEDERICO
LA AGROPECUARIA
SA
MSUSA
MARTIN HERMANOS
SA
MAYO CARLOS DAVID ENRIQUE
MAZZON ANTONIO
ROQUE E
PEDRO A LACAU E
HIJOS S R L
014035940370670730351-8
666,98
007099902000005074190-6
407,63
014000070110000155667-4
776,39
014034190162450063265-0
3.772,73
014034190162450069003-2
5.667,38
014038770169610026123-5
11.492,01
007099902000005631858-0
219,10
011054832005482121344-8
7.650,00
007010642000000062371-7
510,00
011047632004761067427-6
373,33
007099902000005085595-1
7.550,55
11 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-65758575-7
12 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-05472664-4
13 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-06307550-8
14 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-62379018-1
15 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-70852530-4
PROMILK SRL
007007572000000861741-3
1.148,27
16 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
27-05497077-9
ROMERO SARA
JOSEFINA
011045962004591095237-7
292,75
17 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-64335713-1
SANTA OLIMPIA S A
017047032000000003648-7
35.712,76
SANTAMARINA ER007002072000000204399-9
NESTO
SUCESION DE ANTONIO MORENO S A 266000021101189300100-9
CAIFEI
TARDITTI CERE011039132003911016760-6
ALES S A C I F I A
93.640,76
251,77
18 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
20-08519699-6
19 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-51135504-0
20 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
33-59405764-9
21 NOTA-JAUKE:20931327/2008
CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
30-66103114-6
TEODELINA S A
007099902000005331441-3
19.678,39
20-14889085-5
TIBALDO EDGARDO
330052611526000151600-5
VALENTIN EST
2.312,60
22 NOTA-JAUKE:26678030761/2009 CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL
15,74